CONSEJOS DE SALARIOS. ACTA RECTIFICATIVA. GRUPO 10 "COMERCIO EN GENERAL", SUB GRUPO 03 "MAQUINAS DE OFICINA"




Fecha de Publicación: 01/02/2024
Página: 114
Carilla: 114

PODER EJECUTIVO
MINISTERIO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL

                          Consejos de Salarios S/n

Acta rectificativa del Consejo de Salarios del Grupo 10 "Comercio en General", Sub Grupo 03 "Máquinas de oficina".
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   ACTA RECTIFICATIVA CONSEJO DE SALARIOS.- En la ciudad de Montevideo, a los 30 días del mes de octubre de 2023, reunido el Consejo de Salarios del Grupo N° 10: "Comercio en general", integrado: por: 1) Delegados del Poder Ejecutivo: Lics. Andrea Badolati, Marcelo Terevinto y Florencia Zeballos y Dra. Bettina Fernández 2) Delegados de los trabajadores FUECYS (Federación Uruguaya de Empleados del Comercio y Servicios), representada en este acto por el Sr. Favio Riverón y representantes de los trabajadores del Grupo 10 subgrupo 03 "Máquinas de oficina", Sra. Viviana Blanco y el Sr. Matias Cardozo, 3) Delegados Empresariales: la Cámara Nacional de Comercio y Servicios del Uruguay (CNCyS), representada en este acto por el Dr. Diego Yarza y representantes de los empleadores grupo 10 subgrupo 03 la Cámara Uruguaya de Importadores de Máquinas de Oficina e Informática (CUIMOI), representada en este acto por el Cr. Ignacio Morelli y Lic. Javier Alberti, quienes establecen lo siguiente:

   PRIMERO: Se padeció un error en el valor del tope salarios mensuales que se encuentran excluidos del acuerdo. Este error esta presente en las siguientes cláusulas: primera, sexta y novena. El valor correcto es $ 100.586.

   SEGUNDO: Asimismo, en la cláusula novena referida a la canasta de fin de año el valor correcto es $ 2.385.

   Leída, se firman 5 ejemplares del mismo tenor en el lugar y fecha arriba indicados.


		
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