Fecha de Publicación: 10/07/1997
Página: 190-A
Carilla: 4

MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS

Resolución 195/997

Dirección General Impositiva
Resolución 195/997

Inclúyese en la nómina de bienes exonerados del Impuesto al Valor
Agregado a los aviones "AIR TRACTOR AT 301" "AIR TRACTOR AT 301-A".
(1.574*R)

                                       Montevideo, 27 de junio de 1997


Visto: Lo dispuesto por el literal E) numeral 1º y literal B) numeral 3º
del artículo 19 del Título 10 del Texto Ordenado 1996 y por el artículo
17 del Decreto Nº 39/990 de 31 de enero de 1990.

Considerando: I) Que en mérito a lo dispuesto por la norma reglamentaria,
la Dirección General Impositiva está facultada para establecer la nómina
de bienes exonerados del Impuesto al Valor Agregado dadas sus
características de maquinaria agrícola y sus accesorios.

II) Que los aviones denominados "AIR TRACTOR AT-301" y "AIR TRACTOR
AT-301-A" son máquinas de uso exclusivamente agrícola, por lo que
corresponde su inclusión en la nómina de bienes exonerados contemplados
en la Resolución de la Dirección General Impositiva Nº 305/979 de 30 de
noviembre de 1979.

Atento: A lo expuesto y a que se cuenta con la conformidad del Ministerio
de Economía y Finanzas.

El Director General de Rentas

                              RESUELVE:

1

     Inclúyese en la nómina de bienes exonerados del Impuesto al Valor
Agregado que establece la Resolución de la Dirección General Impositiva
Nº 305/979 de 30 de noviembre de 1979 a los aviones:

"AIR TRACTOR AT 301".
"AIR TRACTOR AT 301-A"

2

     Publíquese, en el Diario Oficial, insértese en el Boletín
Informativo y cumplido, archívese.

El Director General de Rentas (I), Cr JOAQUIN DIAZ.
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