Fecha de Publicación: 17/06/2004
Página: 595-A
Carilla: 5

MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS

Resolución 274/004

Dirección General Impositiva 
Resolución 274/004 

Dispónese que se considerará exportación la circulación de bienes de 
territorio nacional no franco a zona franca en tanto el adquirente sea el 
Area de Zonas Francas de la Dirección General de Comercio con destino a 
la realización de obras dentro de Zonas Francas.
(1.155*R)

                                           Montevideo, 14 de junio de 2004
                                                                          
VISTO: La normativa vigente en materia de exportaciones con destino a 
Zonas Francas dispuesta por la Resolución Nº 64/992 de 31 de enero de 
1992.

RESULTANDO: Que la referida norma considera exportación la circulación de 
bienes de territorio nacional no franco a zona franca en tanto el 
adquirente sea un usuario de zona franca.

CONSIDERANDO: Conveniente aplicar el mismo tratamiento a las 
adquisiciones que realice el Area de Zonas Francas de la Dirección 
General de Comercio del Ministerio de Economía y Finanzas para la 
realización de obras dentro de Zonas Francas.

ATENTO: A lo expuesto y a que se cuenta con la conformidad del Ministerio 
de Economía y Finanzas.

                      EL DIRECTOR GENERAL DE RENTAS                       
                                                                          
                                 RESUELVE                                 

1

 Se considerará exportación la circulación de bienes de territorio 
nacional no franco a zona franca en tanto el adquirente sea el Area de 
Zonas Francas de la Dirección General de Comercio del Ministerio de 
Economía y Finanzas con destino a la realización de obras dentro de Zonas 
Francas.

A los efectos de la aplicación de las normas tributarias que regulan las 
exportaciones, las partes intervinientes deberán observar los requisitos 
establecidos en la Resolución Nº 64/992 de 31 de enero de 1992.

2

 Publíquese en el Diario Oficial, insértese en el Boletín Informativo y 
en la página web y cumplido, archívese.

El Director General de Rentas, Cr. Eduardo Zaidensztat.


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