Aprobado/a por: Resolución Nº 305/015 de 10/08/2015.
   Artículo 10.- El referido LAR 121 "Requisitos de Operación: 
Operaciones Domésticas e Internacionales Regulares y no Regulares", Primera Edición, Enmienda 5, Noviembre 2014, sustituye en su totalidad al RAU/LAR 121 "Requisitos de Operación: Operaciones Domésticas e Internacionales Regulares y no Regulares", Primera Edición, Diciembre de 2008, Enmiendas 1 y 2, Enero 2013, (aprobado por Resolución N° 386-2013 
de 24 de octubre de 2013).

(*)Notas:
Ver Reglamento modificado: Resolución DINACIA Nº 386/013 de 24/10/2013 
artículo 1.
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