Resolución 319/005 de la DINACIA aprobado/a por: Aviso Nº 55.693/005 
publicado el 31/10/2005.
 Artículo 1.- Incorpórase el artículo 61.73 "Requisitos para obtener la
"Habilitación adicional de Combate de Incendios Forestales", al RAU 61
aprobado por Decreto Nº 183/001 de 26 de abril de 2001 el que quedará
redactado de la siguiente forma:
"61.65 Requisitos para obtener la Habilitación Adicional de Combate de
Incendios Forestales.
(1) Conocimientos, "Proceso de Formación"
Su formación debe comprender Entrenamiento en Tierra y en Vuelo.
(a) Entrenamiento en Tierra
(i) El Solicitante a una Habilitación Adicional de Combate de Incendios
Forestales deberá recibir el Entrenamiento en Tierra cuyo contenido se
describe en el Apéndice A.
(ii) Dicho Entrenamiento será impartido en una Escuela de Pilotos
Certificada; Centro de Entrenamiento que realice un Curso Autorizado por
la DINACIA o por instructores especialmente Habilitados y registrados
ante la DINACIA.
(iii) Una vez concluido el Entrenamiento en Tierra, los Solicitantes
deberán rendir una Evaluación en Tierra ante la DINACIA.
(b) Entrenamiento en Vuelo
(i) Los Solicitantes que hayan aprobado el Curso de Entrenamiento en
Tierra, deberán cumplir el Entrenamiento en Vuelo descrito en el Apéndice
A.
(ii) Una vez finalizado el Entrenamiento en Vuelo, será presentado por el
Instructor correspondiente para una Evaluación en Vuelo ante la DINACIA.
(2) Experiencia
(a) Haber realizado y certificado 1000 horas de vuelo como piloto al
mando.
(b) Poseer la habilitación de Categoría, Clase y Tipo correspondiente a
la de la  aeronave a operar.
(c) Si el postulante tiene la habilitación de aeroaplicador el requisito
señalado en (a) podrá ser disminuido en un 30% siempre y cuando haya
realizado no menos de 30 horas de vuelo en los últimos seis (6) meses en
actividades de aeroaplicación.
(3) Licencia
(a) Ser titular de una Licencia de Piloto Comercial o Superior de avión o
helicóptero emitida bajo el RAU 61.
(b) Deberá ser Titular de un Certificado de Aptitud Psicofísica Clase I
vigente.
(4) Demostración de pericia
El solicitante habrá demostrado ante la DINACIA, con respecto a la
Categoría, Clase y Tipo de aeronave para la que desea obtener la
Habilitación Adicional de Combate de Incendios Forestales, que es capaz
de ejecutar como Piloto al mando los procedimientos y maniobras
descriptos en este artículo y su correspondiente Apéndice, con un grado
de competencia apropiado a las atribuciones que esta Habilitación
Adicional le confiere a su titular y de acuerdo a lo siguiente:
(a) En la aeronave
Despegues y aterrizajes en campos cortos y superficies no preparadas con
carga máxima.
(i) Las performances de la aeronave en diferentes configuraciones.
(ii) Circuitos de tránsito a bajo nivel.
(iii) Pasadas a baja altura, técnicas de lanzamiento de acuerdo a la
tipografía e intensidad calórica.
(iv) Procedimientos de emergencia que incluyan lanzamiento de la carga en
vuelo y funcionamiento defectuoso de las compuertas.
(b) En helicóptero
(i) Despegues de máxima performance y ángulo alto.
(ii) Despegues y aterrizajes desde y hacia áreas confinadas.
(iii) Circuitos de tránsito a bajo nivel.
(iv) Pasadas a baja altura y técnicas de lanzamientos en zonas de
topografía irregular y de intensidad calórica.
(v) Procedimientos de aproximación para cargar agua con helibalde o
estanque ventral.
(vi) Procedimientos de emergencia con helibalde y estanque ventral que
incluya:
A Lanzamiento de emergencia (vaciamiento),
B Helibalde enredado en los esquíes del helicóptero o en el terreno y
C Funcionamiento defectuoso del Sistema de lanzamiento y de las
compuertas en el estanque ventral.
(5) Atribuciones
El titular de una Habilitación Adicional de piloto en Combate de
Incendios Forestales podrá:
(a) Desempeñarse como piloto de una aeronave que descargue en vuelo agua;
retardante u otro producto sobre un incendio forestal, con el propósito
de contribuir a su extinción.
(b) El piloto habilitado en Combate de Incendios Forestales será
responsable de cumplir y hacer cumplir toda norma y disposición que
contribuya a la Seguridad aérea y terrestre durante el desempeño de la
actividad.
(6) Limitaciones
El Titular de una Licencia que no posea la Habilitación de Combate de
Incendios Forestales, no podrá desempeñarse en el cumplimiento de
operaciones destinadas a tal fin.
(7) Requisitos de Experiencia Reciente
El Titular de una Habilitación de Combate de Incendios Forestales, deberá
demostrar ante la DINACIA, que posee la siguiente experiencia reciente:
(a) Haber realizado durante los últimos doce (12) meses como piloto al
mando de una aeronave de la categoría, clase, tipo y función que figure
en su licencia, no menos de 10 horas de vuelo dedicadas a operación de
control y extinción de incendios forestales.
(b) Cuando no se cumplan los requisitos señalados precedentemente, será
necesario someterse al reentrenamiento o a las pruebas que determine la
DINACIA.
APÉNDICE "A"
CURSO PARA OBTENER LA HABILITACIÓN ADICIONAL DE PILOTO DE COMBATE DE
INCENDIOS FORESTALES
A continuación, se describen los requisitos mínimos que debe reunir el
Programa de un Curso para obtener la Habilitación Adicional de Combate de
Incendios Forestales para ser aprobado por la DINACIA.
Deberá constar de una fase teórica y una práctica.
FASE TEORICA (24 horas)
Deberá incluir Entrenamiento en Tierra en las siguientes áreas:
(a) Área básica.
(1) Preparación y actividad del piloto.
(2) Normas sobre Seguridad de vuelo y prevención de accidentes.
(3) Legislación y reglamentaciones aplicables.
Normas y Reglamentos aplicables a los trabajos en el combate de incendios
forestales.
(4) Primeros auxilios.
(i) Seguridad e higiene.
(ii) Intoxicaciones y primeros auxilios.
(iii) Limitaciones del tiempo de vuelo.
(5) Comunicaciones.
(i) Coordinaciones de las comunicaciones.
(ii) Coordinación de medios terrestres y aéreos en incendios forestales.
(iii) Organización de las comunicaciones por radio.
(iv) Partes de incendio.
(v) Unidad móvil de meteorología
(6) Plan de trabajo.
(i) Inspección de la zona de carga.
(ii) Inspección de la pista o franja de aterrizaje.
(b) Área técnica.
(1) Aeronaves destinadas a este servicio.
(i) Operación de los sistemas y equipos que poseen las aeronaves para la
extinción de incendios forestales.
(2) Meteorología aplicada.
(i) Ambiente en el cual se desarrolla un incendio forestal, los factores
y variables meteorológicas que influyen sobre el comportamiento del
fuego.
(ii) Información de las condiciones meteorológicas reinantes en la zona y
su comportamiento histórico.
(iii) Información meteorológica sobre condiciones operativas.
(iv) Conocimientos de peligro meteorológico de incendios forestales.
(3) Planificación de los vuelos.
(i) Fraseología aeronáutica usada en operaciones de combate de incendios
forestales.
(ii) Conocimiento de la organización de una central de operaciones
forestales, incluyendo la red de comunicaciones aéreas y terrestres y el
procedimiento común con la fraseología acordada.
(iii) Pistas y helipuertos de uso eventual o fijas.
(iv) Características físicas y superficies limitadas por obstáculos
(v) Medios auxiliares para el aprovisionamiento.
(vi) Factores que afectan el despegue y aterrizaje.
(vii) Documentos y vuelos de tránsito.
(viii) Piloto al mando.
(ix) Personal de tierra.
(x) Funciones de cada puesto de trabajo.
(xi) Equipo de vuelo y documentos.
(xii) Inspección de la aeronave y sus mecanismos de carga y descarga.
(4) Procedimientos y técnicas de pilotaje.
(i) Medidas de seguridad consideradas en el aprovisionamiento de
combustible en el terreno y los líquidos retardantes.
(ii) Medidas de seguridad a considerar en el embarque, traslados y
desembarque del personal terrestre integrante de las brigadas
forestales.
(iii) Recepción y manipulación.
(iv) Manipulación de los mismos y el aprovisionamiento en las aeronaves.
(v) Uso de bidones y el control de los mismos.
(vi) Altura de vuelo.
(vii) Preferencia de paso.
(viii) Aproximación.
(ix) Reconocimiento del perímetro del incendio forestal.
(x) Contacto de radio con el personal de tierra.
(xi) Instrucciones para el ataque al incendio.
(5) Técnicas en el combate de incendios forestales.
(i) Secuencias de lanzamiento, configuración de las descargas y técnicas
a emplear en la extinción de incendios forestales, considerando:
- Pasada de verificación.
- Aproximación inicial.
- Vuelo descendente y subida.
- Vuelo horizontal.
- Alturas mínimas de lanzamiento.
(ii) Zona de espera.
(iii) Pasada de verificación.
(iv) Aproximación inicial (Precauciones).
(v) Aproximación descendente, aproximación horizontal: corta final.
(vi) Descarga y efectos inducidos de la descarga en la aeronave.
(vii) Efectos del viento en la descarga.
(viii) Alejamiento y regreso a la pista, orden de carga y
reabastecimiento.
(ix) Fin de la misión: Inspección postvuelo.
(c) Factores contribuyentes al comportamiento del fuego. (BOMBEROS)
(1) Principios básicos del comportamiento y manejo del fuego.
(2) Tipos de operaciones aéreas que se realizan en la prevención,
vigilancia, control, dirección y extinción de incendios forestales.
Responsables de la observación desde el aire, control del tránsito de las
aeronaves y operaciones de las mismas.
(3) Comportamiento del fuego.
(4) Fases de combustión, formas de propagación, combustibles forestales,
inflamabilidad, viento.
(5) Datos para la localización rápida del incendio forestal.
(6) Tipos de descargas y sus técnicas de ataque al incendio.
(7) Normas a seguir cuando intervienen varios medios aéreos en la
extinción de incendios forestales.
(8) Funciones de los titulares en cada puesto de trabajo.
(9) Planificación en el control de masas forestales con aeronaves de
observación.
(i) Reconocimiento e información.
(ii) Índices de peligro.
(iii) Tiempo de vuelo.
(10) Aviso de incendio forestal.
(i) Localización.
(ii) Planificación.
(iii) Dirección e intensidad del viento.
(iv) Condiciones meteorológicas en la zona o área del incendio.
FASE PRÁCTICA
VUELO DUAL EN AERONAVE MONOMOTOR
Temas, Horas;
1, Chequeo y evaluación del área de combate forestal antes de iniciar un
lanzamiento, 00:30;
2, Aproximaciones y lanzamientos, 02:30;
3, Lanzamientos simulados en terrenos planos; retorno, 01:30;
4, Lanzamientos simulados en pendientes; retorno, 01:30;
5, Prevención de colisiones, 00:30;
6, Emergencias simuladas, 01:30;
7, Aterrizaje de emergencia sobre bosques, 01:00;
8, Prácticas en pista, 01:00;
TOTAL DE HORAS, 10:00;
El curso práctico deberá ser previamente coordinado con la DINACIA y
contará por lo menos de 10 horas en aeronaves biplaza con doble mando y
sistema de comunicaciones piloto-copiloto."

(*)Notas:
Ver Reglamento modificado: Decreto Nº 183/001 de 26/04/2001 artículo 1 RAU 
61.73.
Se modifica/n por: Resolución DINACIA Nº 387/006 de 27/10/2006 artículo 5.
Ayuda