CONTRATO DE SERVICIO DE VENTANILLA UNICA
Aprobado/a por: Resolución Nº 238/001 de 06/03/2001 numeral 1.
El presente Contrato es celebrado entre por una parte la Administración
Nacional de Telecomunicaciones ANTEL, con sede en la calle Fernández
Crespo 1534 Piso 9, Montevideo, Uruguay y por otra parte MCI
International, Inc (MCI) con sede en 2 International Drive, Rye Brook,
New York, 10573, a los días del mes de de 1999.
Las partes contratantes acuerdan suministrar Servicio de Ventanilla Unica
(OSS) ajustándose a los términos y condiciones que se establecen a
continuación. En caso de conflicto entre el presente Contrato y los
anexos que se incorporan al mismo en el presente prevalecerán las
disposiciones del primero.
1 DEFINICIONES
1.1 "Empresa Operadora Coordinadora" es la operadora de servicios de
telecomunicaciones elegida por un cliente determinado para proveer el
Punto Unico de contacto para el pedido de Ventanilla Unica ("OSS") del
cliente y que se compromete a coordinar con la otra operadora
("Operadora Participante") a fin de cumplir con los requerimientos de
OSS de ese cliente. La Operadora Participante podrá o no estar
directamente interconectada con la Operadora Coordinadora.
1.2 "Garantía de Mandato" es un documento suscrito por el cliente de
la Operadora Coordinadora que certifica que dicho cliente signatario
está debidamente autorizado para actuar como representante del cliente
de la Operadora Participante y para firmar en su nombre y
representación los documentos que la Operadora Participante requiera.
2. DESCRIPCION DEL SERVICIO DE VENTANILLA UNICA (OSS)
2.1 Características Básicas. Son cuatro las características básicas
de la facilidad OSS y se indican en las Secciones 2.2 a 2.5. El
cliente podrá elegir cualquiera de ellas o todas. El cliente elige
también las Operadoras Coordinadora y Participante.
2.2 Pedidos en un solo punto. Esta característica permite al cliente
efectuar el pedido de un circuito de extremo a extremo y equipo a la
Operadora Coordinadora que se encargará de iniciar el trámite de
pedido del servicio con la Operadora Participante y proporcionará al
cliente: (a) relación de precios, (b) posibles fechas de instalación,
(c) formularios de pedidos o contratos y (d) Garantía de Mandato. Los
servicios que pueden ser incluidos en un pedido de OSS, sujeto a
disponibilidad, son los siguientes:
a. la venta, arrendamiento y/o mantenimiento del equipo en el local
del cliente;
b. el suministro de instalaciones de acceso local entre el local del
cliente y un servidor del Centro Internacional de Mantenimiento y
Prueba ("ITMC") provisto por cada parte.
c. la venta, arrendamiento y/o mantenimiento del equipo del cliente
en un Centro Internacional de Mantenimiento y Prueba.
d. el suministro de medios circuitos internacionales (prescindiendo
de los circuitos de la Operadora Participante directamente
interconectados con los de la Operadora Coordinadora). Los circuitos
pueden ser digitales o analógicos.
2.3 Facturación en un solo punto (SEB). Esta característica permite
al cliente pagar la factura en un solo punto. El cliente elige la
Parte responsable de la facturación. El servicio y la facturación en
un solo punto comenzarán en la fecha en que las operadoras mutuamente
se hayan mostrado de acuerdo en que el circuito (excluidos los equipos
suministrados por el cliente) cumple con todas las especificaciones
técnicas y ha sido puesto a disposición del cliente.
Cuando la facturación en un solo punto se solicita por primera vez -
o en cualquier momento durante la vigencia de este servicio -
cualquiera de las operadoras podrá solicitar al cliente que realice un
depósito financiero como garantía. si tuvieran dudas sobre la
condición financiera de éste. De no obtenerse dicho depósito
financiero, la Operadora Coordinadora podrá negarse a participar en
la SEB.
2.4 Prestación coordinada. En la modalidad de Prestación Coordinada
la Operadora Coordinadora coordina con la Operadora Participante la
instalación y prueba del circuito y de cualquier equipo asociado.
2.5 Notificación de averías en un solo punto. El cliente comunicará
las averías a la Operadora Coordinadora quien se encargará de
coordinar, localizar y reparar las mismas. El cliente también podrá
optar por comunicar las averías a la Operadora Participante. La
Operadora Coordinadora mantendrá informado al cliente del estado y
perspectiva de reparación de las averías.
2.6 Características no disponibles. Son las características de OSS
que ANTEL y MCI optaron por no ofrecer en esta etapa y que están
contenidas en el Anexo 2.
3. COORDINACION
3.1 Puntos de contacto y procedimientos. Los procedimientos para
implementar el OSS figuran en el Anexo 1. Los puntos de contacto de
las partes ("Puntos de Contacto") están contenidos en los Anexos 3 y
5.
3.2 Notificación de cambios. Cada una de las partes notificará a la
otra sin demora de cualquier cambio en sus Puntos de Contacto.
3.3 Revisión de procedimientos. Las partes, periódicamente, revisarán
y reconsiderarán los procedimientos para asegurar su viabilidad.
4. TARIFAS
4.1 Sin honorarios. Las Partes no se cobrarán honorarios ni cargos
entre sí por cumplir con las responsabilidades de la Parte
Coordinadora o de la Parte Participante de conformidad con los
términos acordados.
4.2. Cargos del cliente. La Parte Coordinadora determinará si cobrará
o no a su cliente algún otro cargo además de los precios normales de
facilidades, servicio y equipo, por la prestación del servicio de
OSS.
5. PROCEDIMIENTOS DE FACTURACION Y LIQUIDACION
5.1 Responsabilidad de la Parte Coordinadora. Cuando un cliente
solicita por escrito la facturación en un solo punto (SEB) la Parte
Coordinadora o la Parte Facturadora (cuando la Parte Coordinadora no
haya sido seleccionada como la parte que factura) serán responsables
de cobrar el importe total de los cargos para sí y la Parte
Participante será responsable de cobrar todas las facilidades,
servicios y equipo de OSS del cliente.
5.2 Responsabilidad de la Parte Participante. La Parte Participante
enviará su(s) factura(s) a la Parte Coordinadora o a la Parte
Facturadora (cuando la Parte Coordinadora no haya sido seleccionada
como la parte que factura) de acuerdo con el procedimiento contenido
en el Anexo 1. La(s) factura(s) incluirán todos los cargos
pertinentes vinculados con el suministro de todas las facilidades,
servicios y equipos incluyendo los impuestos correspondientes.
5.3 Pago a la Parte Participante. La Parte Coordinadora o la Parte
Facturadora (cuando la Parte Coordinadora no haya sido seleccionada
como la parte que factura) hará los arreglos para pagar la(s)
factura(s) de la Parte Participante de conformidad con el
procedimiento establecido en el Anexo 1.
5.4 Tipo de cambio. La Parte Coordinadora o la Parte Facturadora
(cuando la Parte Coordinadora no haya sido seleccionada como la parte
que factura), podrán a opción de la primera, absorber o transferir al
cliente las pérdidas o ganancias resultantes de las fluctuaciones del
tipo de cambio y los cargos bancarios vinculados con la liquidación
de los cargos a la Parte Participante. Debe informarse al cliente de
que al suscribir la facturación en un sólo punto (SEB) los precios de
la Parte Participante podrán estar sujetos a variación de acuerdo con
las fluctuaciones del tipo de cambio.
5.5 Crédito por interrupción del servicio. Los créditos por
interrupciones de servicio estarán de acuerdo con las políticas y
procedimientos de cada empresa, como los contenidos en los Anexos 4 y
6. Los créditos por interrupción de servicio figurarán claramente como
un descuento en la siguiente factura, la que deberá ir acompañada por
un formulario de Notificación de Crédito por Interrupción del Servicio
o por un informe detallado sobre dicho crédito.
5.6 Notificaciones. Cada Parte notificará a la otra, tan pronto como
sea posible, de cualquier cambio en tarifas, precios o procedimientos.
5.7 Obligación financiera del cliente. La oferta de facturación en un
sólo punto, SEB, no exime al cliente de ninguna de las obligaciones
financieras allí establecidas por la Parte Participante. Dado que el
SPB se ofrece como una comodidad para el cliente éste será responsable
por todos los cargos, tasas y tributos impuestos por las Parte
Coordinadora y Participante.
6. TRIBUTOS.
6.1 Cada Parte será responsable de determinar y calcular los tributos
o recargos impositivos a facturar o cobrar (incluyendo la condición de
impuestos exonerados de cualquier cliente) en relación con los
servicios de ventanilla única (OSS) suministrados por esa Parte. Se
reconoce que la Parte que realiza la facturación en un solo punto
(SEB) está actuando meramente como representante de la otra Parte para
la facturación y cobro de cargos, impuestos y/o recargos de los
clientes que utilizan el SEB.
6.2 Cada Parte llevará un archivo de todo lo recaudado en relación
con los impuestos exigidos sobre sus propios servicios y remitirá
todos dichos impuestos a las autoridades impositivas pertinentes.
Asimismo, relevará a la otra Parte de toda responsabilidad civil que
pudiera resultar de cualesquiera impuestos, recargos e intereses
resultantes del incumplimiento de pago de dicha Parte.
7. INCUMPLIMIENTO DEL CLIENTE
7.1 Notificación y acción de incumplimiento. La Parte Coordinadora o
la Parte Facturadora (cuando la Parte Coordinadora no haya sido
seleccionada como la parte que factura) notificará sin demora a la
Parte Participante cuando un cliente con facturación en un solo punto
(SEB) no hubiera pagado su factura dentro de los sesenta (60) días de
la fecha de su emisión. En ese caso, salvo que las partes acuerden
otra cosa, la facturación en un solo punto podrá interrumpirse y las
Partes volverán a facturar al cliente en sus respectivos países y
tomarán las medidas apropiadas para cobrar las sumas debidas
localmente.
7.2 Procedimiento una vez finalizada la facturación en un solo punto
(SEB). Interrumpida la facturación en un solo punto la Parte
Participante reembolsará a la Parte Coordinadora o a la Facturadora
(cuando la Parte Coordinadora no haya sido seleccionada como la
parte que factura) el pago que hubiera recibido por adelantado pero
aún no cobrado al cliente, en la misma moneda de recibido, y en un
plazo de treinta (30) días a partir de la fecha de la interrupción.
Los cargos no podrán exceder de seis meses.
8. RELACION CONTRACTUAL CON LOS CLIENTES
8.1 Relación con el cliente. Las Partes reconocen y acuerdan que de
conformidad con el Servicio de Ventanilla Unica existe relación
contractual entre el cliente de un país y la Empresa Operadora de ese
país aplicándose todos los precios, créditos y otros términos y
condiciones de dicha Operadora a los servicios, facilidades y equipos
provistos en dicho país. En ese sentido, la Parte Coordinadora es
responsable por:
a. obtener del cliente de OSS una Garantía de Mandato (si
corresponde) en la que surja claramente la relación de mandato con el
cliente de la Parte Participante; y
b. obtener del cliente de OSS una confirmación por escrito
reconociendo que:
(i) el cliente de la Parte Participante entiende que se aplicarán los
cargos, (incluyendo los cargos por cancelación) impuestos, créditos y
otros términos y condiciones del servicio de dicha Parte incluyendo
sin limitación los que se refieren a las condiciones de uso y
limitación de responsabilidad; y
(ii) los cargos y créditos de la Parte Participante podrán variar a
causa de variaciones en el tipo de cambio y las tasas bancarias.
La Parte Coordinadora entregará a la Parte Participante copias (en inglés
o acompañadas de traducción al inglés) de los documentos mencionados en
la Sección 8.1 antes de la fecha de comienzo del servicio.
9. INTERCAMBIO DE INFORMACION Toda la información intercambiada entre
las Partes de conformidad con el presente Contrato que no sea de
dominio público será tratada de forma confidencial, debiendo el
receptor tratarla igual que a su propia información confidencial de
similar importancia.
10. RELACION INDEPENDIENTE DEL CONTRATISTA. Ninguna de las Parte
tendrá derecho de representar a la otra ni de actuar como su
representante contractual ni tendrá autoridad para obligar o
comprometer a la otra de ningún modo y en ninguna medida. Ninguna de
las Parte podrá ofrecer o brindar garantía, declaración o cláusula
contractual de ninguna clase que de algún modo sea un agregado o
contradictoria con los términos y condiciones aplicados por la otra
Parte.
11. EXCLUSION DE RESPONSABILIDAD. Ninguna de las Partes será
responsable frente a la otra ni frente a terceros por contrato,
responsabilidad extracontractual, o de otra forma en relación con
fallas, interrupciones o degradaciones de cualesquiera instalaciones,
servicios o equipos suministrados por el presente contrato. Ninguna
de las Partes será responsable frente a la otra por daños especiales,
emergentes o contingentes incluyendo, a modo de ejemplo, los daños que
pudieran resultar de demoras o lucro cesante, pérdida de negocios o
prestigio se haya o no notificado a la Parte o tenga ésta o no
información de la posibilidad de dichos años.
12. FUERZA MAYOR Ninguna de las Partes será responsable frente a la
otra por incumplimientos o atrasos debidos a causas de fuerza mayor.
13. RENOVACION O TERMINACION DEL CONTRATO. El presente Contrato
entrará en vigencia en la fecha antes mencionada y continuará vigente
hasta la terminación del mismo o hasta que sea cancelado por
cualquiera de las Partes que deberá para ello notificar a la otra por
escrito con seis meses de anticipación.
14. ENMIENDAS. El presente Contrato no podrá enmendarse ni
modificarse salvo por instrumento escrito firmado por los
representantes debidamente autorizados de las Partes.
15. RESOLUCION DE DISPUTAS. Todas las desavenencias que deriven de
este contrato serán resueltas definitivamente de acuerdo con el
Reglamento de Conciliación y arbitraje de la Cámara de Comercio
Internacional por uno o más árbitros nombrados conforme a este
Reglamento. El lugar de arbitraje será Bermuda. Las actuaciones
posteriores al laudo arbitral se regirán por el Convenio sobre
Reconocimiento y Ejecución de Laudos Arbitrales Extranjeros del año
1958
EN TESTIMONIO DE LO CUAL, las partes contratantes firman el presente
contrato en la fecha indicada.
En representación de En representación de
MCI INTERNATIONAL, Inc ADMINISTRACION NACIONAL DE
TELECOMUNICACIONES (ANTEL)
Seth Blumenfeld Profesor Tabaré Viera Duarte
Presidente Presidente
MCI International
(Fecha) (Fecha)
Ing. Adolfo Quinteiro
Gerente General
(Fecha)
Anexo 1
PROCEDIMIENTO DE VENTANILLA UNICA (OSS)
1. Generalidades
1.1 Cuando un cliente se decide a solicitar servicio OSS, la
operadora de telecomunicaciones que coordina el servicio será la que
actúe como Parte Coordinadora (PC) y la operadora designada en el
extremo opuesto será la que actúe como Parte Participante (PP)
1.2 Los procedimientos incluidos en el presente documento se
cumplirán mediante la coordinación entre los puntos de contacto
apropiados para cada etapa del proceso. Los puntos de contacto de la
PC y la PP figuran en el Anexo 3 y en el Anexo 5.
2. Etapa de Información/Cotización.
2.1 La PC enviará a la PP un fomulario de solicitud de información.
La PP podrá utilizar su propio formulario de pedido en lugar del
formulario de solicitud de información y en la parte superior deberá
anotar "Solicitud Preliminar". Toda la información pertinente que no
haya sido incluida en el formulario de pedido podrá enviarse en hoja
separada.
2.2 La PC enviará el formulario por facsímil a la PP para que ésta
confirme su capacidad para proveer el servicio y detalles sobre
asuntos tales como:
a. Precios
b. Disponibilidad
c. Plazo de entrega
d. Capacidad para suministar equipo, si hubiera sido solicitado, y
e. Conformidad de facturación en un solo punto (SEB)
2.3 La PP enviará por facsímil la respuesta a la PC de manera que
ésta pueda cotizar detalles en firme al cliente. La PP se esforzará
en responder dentro de los tres días hábiles de recibido el formulario
de solicitud de información. Se considerarán días hábiles los días en
que la actividad comercial es ejercida simultáneamente en ambos
países.
3. Etapa de Pedido
3.1 Una vez el cliente confirme que desea solicitar el servicio, la
PC revisará con el cliente la tramitación de los procedimientos de
pedido y obtendrá las solicitudes firmadas para el servicio completo,
de extremo a extremo. La PC enviará por facsímil a la PP el formulario
completo para que ésta confirme que los datos ingresados son los
correctos.
3.2 La PP revisará el formulario y contestará a la PC confirmando que
los datos son correctos o incluyendo información respecto a los
cambios que deben realizarse.
3.3 La PC remitirá toda la documentación de la solicitud, incluyendo
los formularios de pedido de ambas partes y la Garantía de Mandato (si
correspondiera) a la Gerencia de Contabilidad todo lo que será
presentado al cliente para su firma.
3.4 La PC enviará a la PP una copia de la documentación firmada de la
solicitud primero por facsímil y luego por correo internacional. La
PP podrá iniciar los procedimientos internos inmediatamente de
recibido dicho facsímil.
3.5 Una vez que la PP reciba el formulario de solicitud original
deberá refrendarlo con la firma de un funcionario autorizado y
regresar una copia de dicho documento a la PC para referencia.
4. Etapa de suministro.
4.1 Ambas Partes tomarán todas las medidas posibles para asegurar que
el servicio se inicie en la fecha acordada. Los procedimientos de
suministro entre las Partes se llevarán a cabo de la forma habitual.
4.2 El plazo para la puesta en funcionamiento del servicio comenzará
a contarse desde la fecha en que cada Parte haya recibido una copia
firmada del pedido. El intervalo de suministro, en total, no podrá
prolongarse más allá del plazo más largo citado por las Partes para
la puesta en funcionamiento del servicio.
4.3 Cada punto de contacto se encargará de controlar el trabajo que
es responsabilidad de la Parte que representa. El punto de contacto
de la Parte Coordinadora verificará el progreso de todo el proceso de
suministro. Cualquier cambio en la fecha previamente acordada para el
inicio del servicio será discutido entre ambas Partes que acordarán
una nueva fecha. Será responsabilidad de Parte Coordinadora mantener
informado al cliente.
4.4 Una vez realizada a satisfacción la prueba de extremo a extremo,
la Parte Coordinadora comunicará al cliente que el servicio ha sido
establecido satisfactoriamente. La facturación del servicio comenzará
a partir de la fecha en que el mismo fue establecido de conformidad
con las prácticas de facturación de la Parte Coordinadora y la Parte
Participante.
5. Modificación/Cancelación de un circuito.
5.1 Si un cliente quiere relocalizar uno o ambos extremos de un
circuito, mejorar, cancelar o modificar de otro modo un circuito,
esté o no en servicio, cualquiera de las Partes podrá aceptar el
pedido de cambio. La Parte receptora del pedido coordinará con la
Parte del otro extremo para determinar cuáles son los documentos
necesarios, si fuera necesario alguno, para llevar a cabo el cambio.
5.2 El procedimiento será el mismo que el de la sección 3 - Etapa de
Pedido.
6. Acuerdos de Facturación y Liquidación en un solo punto (SEB).
6.1 Cuando se suministra el servicio de facturación en un solo punto
por lo general la Parte Coordinadora actúa también como la Parte
Facturadora.
6.2 La Parte Participante enviará sus facturas en la moneda de su
país a la Parte Coordinadora - primero por fax y luego por correo -
junto con un Formulario de Solicitud de Liquidación de acuerdo con el
ciclo de facturación normal del mes anterior al mes de servicio.
6.3 Cuando la Parte Coordinadora reciba las facturas convertirá los
cargos de la Parte Participante a la moneda de su país (al tipo de
cambio vigente) y presentará estos cargos junto con los suyos propios
al cliente para su pago.
6.4 La Parte Coordinadora se ocupará de la liquidación de la(s)
factura(s) de la Parte Participante y se asegurará que ésta cobre el
monto total de la misma por la suma y en la moneda que figura en la
factura de ésta en un plazo de sesenta (60) días a partir de la fecha
de la factura, independientemente de que el cliente haya o no pagado
aún
6.5 El pago se hará por giro bancario conforme a los Detalles Bancarios
incluidos en los Anexos 4 y 6.
6.6 La Parte Coordinadora instruirá a su banco para que incluya el
número de referencia de la Parte Participante en la nota de aviso de
liquidación. Cumplida la liquidación, la Parte Coordinadora completará
los datos al pie del Formulario de Solicitud de Liquidación y lo
enviará por facsímil al contacto de facturación de la Parte
Participante.
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