PROMOCION PARA LA REDUCCION DE LA GENERACION DE RESIDUOS PLASTICOS, PRIORIZANDO EL USO Y CONSUMO SUSTENTABLES DE PRODUCTOS REUTILIZABLES




Promulgación: 28/04/2021
Publicación: 06/05/2021
  • El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
Referencias a toda la norma

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   (Comité técnico). Créase un comité técnico con el cometido de elaborar, en un plazo de tres meses de la publicación de la presente, la propuesta de reglamento operativo y mecanismos de certificación para el otorgamiento del sello ambiental previsto en el ordinal 2° de esta resolución.

   Dicho comité estará integrado por un representante del Ministerio de Ambiente, que lo presidirá, y un representes titular y otro alterno de: Dirección Nacional de Calidad y Evaluación Ambiental del Ministerio de Ambiente, Ministerio de Turismo, Congreso de Intendentes, Laboratorio Tecnológico del Uruguay, Organismo Uruguayo de Acreditación, Asociación Uruguaya de Industrias Plásticas, Cámara Nacional de Comercio y Servicios, Cámara Uruguaya de Turismo, Asociación de Supermercados del Uruguay y Centro de Almaceneros Minoristas, Baristas, Autoservicistas y afines del Uruguay (CAMBADU).

   Cométase asimismo al comité técnico el seguimiento de la aplicación del sello y su reglamento, a efectos de evaluar la efectividad de los mismos y asesorar a este Ministerio en la materia.
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