APROBACION DE ESTRATEGIA PARA LA CONSERVACION DE LA DIVERSIDAD BIOLOGICA EN EL ESPACIO MARINO DE LA REPUBLICA




Promulgación: 12/12/2022
Publicación: 20/12/2022
  • El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
Ver vigencia: Resolución MA S/N de 29/02/2024 numeral 2.

2

   Establécense como sitios de particular relevancia para su conservación, los que se identifican mediante los polígonos preliminares según las coordenadas incluidas en el Anexo   a la presente resolución, y que son los siguientes:

   a) Banco Inglés;
   b) Isla e islote de Lobos y entorno sumergido;
   c) Restingas Pez Limón;
   d) Pozo de Fango;
   e) Zona de moluscos;
   f) Área de cría permanente de merluza; y,
   g) Margen continental y talud, incluyendo cabeceras de cañones 
      submarinos y montículos de corales.

   Los sitios a los que refiere este ordinal, deberán ser tenidos especialmente en cuenta en el marco del régimen de evaluación de impacto ambiental y autorizaciones ambientales (Ley N° 16.466, de 14 de enero de 1994 y su reglamentación), así como en las demás políticas y acciones a cargo de esta Secretaría de Estado, como sitios de particular relevancia para su conservación. (*)

(*)Notas:
 Ampliar información en imagen electrónica: Resolución MA S/N de 
12/12/2022.
Ver: Resolución MA S/N de 29/02/2024 numeral 1 (modifica el Anexo).
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