APROBACION DEL "MANUAL DE GESTION AMBIENTAL DE TAMBOS (MGAT)" (VERSION JULIO 2025), EL QUE SUSTITUYE EL "MANUAL PARA LA GESTION AMBIENTAL DE TAMBOS", PUBLICADO EN JULIO DE 2016
El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
VISTO: el documento "Manual de Gestión Ambiental de Tambos (MGAT)" (Versión julio 2025) (Exp. 2025/36001/011231);
RESULTANDO: I) que hace más de dos décadas que el Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca y el Ministerio de Ambiente se encuentran trabajando en la mejora de la gestión ambiental en tambos y, en particular, en la gestión de los efluentes y el estiércol derivados de las salas de ordeñe, habiendo logrado consensos con los actores del sector sobre las mejores prácticas ambientales aplicables a la producción lechera;
II) que, en el sentido indicado y en el marco de diferentes Convenios celebrados, se han elaborado diversas guías, manuales técnicos, documentos complementarios y cartillas que identificaron los problemas ambientales de la actividad, proponiendo soluciones de gestión de los efluentes y el estiércol utilizando las mejores prácticas disponibles;
III) que, entre ellos, se encuentra el documento "Manual para la Gestión Ambiental de Tambos", publicado en julio de 2016 y en cuya elaboración participaron distintas instituciones, además de la ex Dirección Nacional de Medio Ambiente;
IV) que, a su vez, en junio de 2023, el Ministerio de Ambiente en conjunto con el Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca y el Instituto Nacional de la Leche implementaron un mecanismo denominado "Certificación del diseño, implementación y operación de los Sistemas de Gestión de Efluentes de Tambos", el cual constituye una herramienta que aportará valor al sector productivo y permitirá al productor lechero conocer el grado de instrumentación de buenas prácticas en su gestión ambiental y detectar nuevas oportunidades de mejora;
V) que, a raíz de las nuevas realidades productivas y ambientales y la experiencia acumulada, se ha elaborado un nuevo Manual con la participación de técnicos especialistas del Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca y del Ministerio de Ambiente y el apoyo del Proyecto BID - PNUD URU 19/002;
VI) que dicho Manual fue presentado ante el Comité Técnico Interinstitucional sobre Manejo y Gestión de Efluentes de Tambos y sustituye el publicado en julio de 2016;
CONSIDERANDO: que habrá de procederse en la forma sugerida por la Dirección Nacional de Calidad y Evaluación Ambiental, aprobándose el documento de referencia, con la finalidad de orientar y poner al alcance de productores y demás actores involucrados en la producción lechera una serie de prácticas, recomendaciones y/u opciones tecnológicas con el objetivo de prevenir impactos ambientales adversos en los recursos naturales y revalorizar agronómicamente el efluente y los residuos orgánicos generados en la actividad;
ATENTO: a lo precedentemente expuesto y a lo dispuesto por la Ley N° 16.466, de 19 de enero de 1994, la Ley N° 17.283, de 28 de noviembre de 2000, los artículos 291 y siguientes de la Ley N° 19.889, de 9 de julio de 2020, los artículos 511 y siguientes de la Ley N° 19.924, de 18 de diciembre de 2020, y, por el Decreto N° 500/991, de 27 de septiembre de 1991, y modificativos;
EL MINISTRO DE AMBIENTE
RESUELVE:
Apruébase el documento "Manual de Gestión Ambiental de Tambos (MGAT)" (Versión julio 2025), el cual tiene carácter orientativo y sustituye el documento "Manual para la Gestión Ambiental de Tambos", publicado en julio de 2016.
Cométese a la Dirección Nacional de Calidad y Evaluación Ambiental la publicación del referido Manual y la instrumentación de mecanismos de difusión y capacitación en la materia.
Publíquese la presente resolución en el Diario Oficial y vuelva a la Dirección Nacional de Calidad y Evaluación Ambiental para su comunicación a los Departamentos, Divisiones y Áreas de dicha Dirección Nacional y siga al Departamento Control en Agro y Minería a sus efectos.