Fecha de Publicación: 09/03/2020
Página: 6
Carilla: 6

PODER EJECUTIVO
MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS

                               Resolución S/n

Incorpórase a la Nomenclatura Común del MERCOSUR estructurada a diez dígitos con su correspondiente régimen arancelario, los ítems que se determinan.
(842*R)

MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS
   12917

                                         Montevideo, 28 de Febrero de 2020

   VISTO: el Decreto N° 37/020 de 7 de febrero de 2020 y la Resolución Ministerial N° 5043 de 27 de diciembre de 2016.

   RESULTANDO: I) que el referido Decreto modificó la Lista de Bienes de Capital, establecida por el literal B) del artículo 4° y el Anexo IV del Decreto N° 410/016 de 26 de diciembre de 2016.

   II) que la Resolución Ministerial N° 5043 de 27 de diciembre de 2016, sustituyó la nomenclatura nacional de Uruguay estructurada a diez dígitos con su correspondiente régimen arancelario.

   III) que para la efectiva implementación aduanera de lo estipulado en el referido Decreto, es conveniente realizar modificaciones en la nomenclatura nacional estructurada a diez dígitos y su correspondiente régimen arancelario.

   CONSIDERANDO: que corresponde, en consecuencia, ajustar el Anexo de la Resolución N° 5043 de esta Secretaría de Estado de 27 de diciembre de 2016, de acuerdo a lo establecido en el Decreto N° 37/020 de 7 de febrero de 2020.

   ATENTO: a lo expuesto,

                    EL MINISTRO DE ECONOMÍA Y FINANZAS

                                RESUELVE:

1

   Incorporar a la Nomenclatura Común del Mercosur estructurada a diez dígitos con su correspondiente régimen arancelario, aprobada por la Resolución Ministerial N° 5043 de 27 de diciembre de 2016, el contenido del Anexo que se adjunta y forma parte de la presente Resolución.

2

   Comuníquese a la Dirección Nacional de Aduanas a través de la casilla clasificación@aduanas.gub.uy; publíquese y archívese,
   DANILO ASTORI.

                                  ANEXO

CÓDIGO
DESCRIPCIÓN
A.E.C.
CL
TGA E/Z
TGA I/Z
UVF
8474.90.00
- Partes
8474.90.00.1
De máquinas de la subpartida 8474.20
8474.90.00.11
Placa de trituración, placa o barra de impacto para rotor, revestimiento o forro antidesgaste
14
BK
14
0
10
8474.90.00.19
Las demás
14
BK
2
0
10
8474.90.00.2
De máquinas de la subpartida 8474.32
8474.90.00.21
Soportes y placas de desgaste
14
BK
14
0
10
8474.90.00.29
Las demás
14
BK
2
0
10
8474.90.00.90
De las demás máquinas
14
BK
2
0
10
9406.90.20.00
Con estructura de hierro o acero y paredes exteriores constituidas esencialmente por estas materias
14
BK
14
0
10
Código a eliminar: 8474.90.00.00


		
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