VISTO: El Decreto Nº 100/997 de 2 de abril de 1997, que introduce
modificaciones en las nóminas de bienes contenidas en los Anexos II y III
del Decreto Nº 511/996 de 31 de diciembre de 1996;
CONSIDERANDO: Necesario ajustar el Anexo de la Resolución de este
Ministerio de 31 de diciembre de 1996, que incorporó los dígitos nueve y
diez a la Nomenclatura Común del Mercosur, a los efectos de su adecuación
a las modificaciones a que alude el Visto;
ATENTO: A lo expresado,
El Ministro de Economía y Finanzas
RESUELVE:
Elimínanse de la Nomenclatura estructurada a diez dígitos aprobada por la
Resolución del Ministerio de Economía y Finanzas de 31 de diciembre de
1996 los siguientes items nacionales: 3920.10.90.10 y 7311.00.00.00.
Incorpóranse a la Nomenclatura estructurada a diez dígitos a que se
refiere el numeral anterior los siguientes items nacionales, con su
correspondiente régimen arancelario:
CODIGO DESCRIPCION AEC TGA UVF
E/Z I/Z
3920.10.90.1 De polietileno
3920.10.90.11 Microgofrado en ambas caras 16 16 0 10
3920.10.90.19 Los demás 16 16 12 10
7311.00.00 Recipientes para gas
comprimido o licuado, de
fundición, hierro o acero
7311.00.00.10 De volumen superior o igual
a 14 l. e inferior o igual
a 60 l. y con presión de
prueba superior o igual a
19,6 Mpa (200 kg./cm2) 14 14 0 10
7311.00.00.20 Constituidos por un depósito
interior y una o más
envolventes, entre los cuales
se ha hecho vacío y se ha
dispuesto de un material de
aislación térmica 14 14 0 10
7311.00.00.90 Los demás 14 18 14 10