(Procedimiento de habilitación nacional). La empresa interesada en
habilitar un establecimiento para tratamiento o transformación de leche y
productos lácteos deberá presentar una solicitud firmada por los
representantes legales y responsables de la firma. En ese mismo momento
deberá especificar, si correspondiera, qué empresa habilitada por la ASO
de acuerdo con el artículo 3º del decreto 368/000, de 11 de diciembre de
2000, realizará las tareas de habilitación.