Fecha de Publicación: 20/08/2013
Página: 11
Carilla: 11

PODER EJECUTIVO
MINISTERIO DE GANADERÍA, AGRICULTURA Y PESCA

2

 Excluir definitivamente de los beneficios referidos en el numeral
precedente a los productores identificados en el "Anexo 2", que forma
parte de la presente resolución, por el hecho de no haber acordado con el
Banco de la República Oriental del Uruguay (BROU) y/o la Compañía
Administradora de Recuperación de Activos (AFISA) el pago de los adeudos
comprendidos en las normas citadas.
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