PODER EJECUTIVO
MINISTERIO DE GANADERÍA, AGRICULTURA Y PESCA
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Las solicitudes de exportación de ganado en pie, deberán realizarse para
un único embarque y tendrán validez de 60 días calendario.
Las autorizaciones correspondientes a animales no embarcados, caducarán a
la fecha del embarque.
Las solicitudes de exportación de ganado en pie, deberán incluir los
siguientes datos:
* Razón social inscripta en el Registro de Operadores Comerciales,
cuyos datos se encuentren actualizados.
* Ubicación y N° de DICOSE del predio de cuarentena habilitado, a
utilizar.
* Certificado notarial que acredite el contrato de transporte marítimo
a utilizar para la exportación.
* Características de los animales: especie, categoría, cantidad.
* País de destino de los animales.