BENEFICIARIO DEL FONDO DE RECONSTRUCCION Y FOMENTO DE LA GRANJA. COOPERATIVA JUMECA




Promulgación: 08/05/2006
Publicación: 19/05/2006
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos: esta norma no fue incluida.

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 Para acceder al adelanto, el beneficiario deberá ratificar que se
encuentra en actividad, acordar una fórmula de pago del saldo con el
Banco de la República Oriental del Uruguay o con República AFISA y,
suscribir el seguro agrario de producción por un monto de al menos la
cuota parte del servicio de deuda comprometido para cada año.
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