SANIDAD ANIMAL. BRUCELOSIS. DEPARTAMENTO DE TREINTA Y TRES




Promulgación: 24/10/2008
Publicación: 06/11/2008
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos: esta norma no fue incluida.

2

 Establécese el período de vacunación y revacunación dispuesto en el
numeral precedente, entre el 1º de noviembre de 2008 y 28 de febrero de
2009.

(*)Notas:
Ver vigencia: Resolución MGAP S/N de 18/03/2009 numeral 1.
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