CREACION DEL REGISTRO NACIONAL DE OPERADORES DEL SIRA




Promulgación: 17/12/2009
Publicación: 24/12/2009
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 2
  •    Semestre: 2
  •    Año: 2009
  •    Página: 1987

3

 Requisitos - Los operadores interesados en la reinscripción deberán
cumplir con los siguientes requisitos:

a) realizar un curso de capacitación de actualización, impartido por el
Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca, a través de sus dependencias
competentes. La capacitación se realizará a las personas físicas que
manipulen el lector;

b) suscribir una declaración jurada, la cual incluirá: datos personales,
especificaciones del equipo de lectura, software y número de RUT;

c) el equipo de lectura y transmisión de datos debe estar habilitado por
el SIRA.
Ayuda