VISTO: el proyecto de bases para la convocatoria "Herramienta de apoyo para ensayos de luminarias LED con componente nacional para alumbrado público 2017", a realizarse el marco del Fideicomiso Uruguayo de Ahorro y Eficiencia Energética (Fudaee).
RESULTANDO: I) que el Poder Ejecutivo por Decreto N° 211/015, de 3 de agosto de 2015, aprobó el Plan Nacional de Eficiencia Energética 2015-2030;
II) que entre las líneas de acción y objetivos previstos en el Plan Nacional de Eficiencia Energética se encuentra promover mejoras en el alumbrado público nacional mediante la incorporación de la tecnología LED;
III) que el proyecto de bases para la convocatoria "Herramienta de apoyo para ensayos de luminarias LED con componente nacional para alumbrado público 2017" está destinado a fabricantes de equipamiento eléctrico o electrónico con capacidad técnica de producir luminarias LED para alumbrado público, que incorporen componente nacional.
CONSIDERANDO: I) que el literal C) del artículo 19 de la Ley N° 18.597, de 21 de setiembre de 2009, asignó al Fideicomiso Uruguayo de Ahorro y Eficiencia Energética (Fudaee) entre sus competencias específicas, financiar actividades de investigación y desarrollo en eficiencia energética y la promoción de energías renovables;
II) que la convocatoria tiene por objeto promover la incorporación de componente nacional en la tecnología LED de alumbrado público, a través del financiamiento de ensayos técnicos necesarios para la certificación de la referida tecnología;
ATENTO: a lo precedentemente expuesto y a lo dispuesto por la Ley N° 18.597, de 21 de setiembre de 2009, el artículo 403 de la Ley N° 18.719, de 27 de diciembre de 2010, el artículo 679 de la Ley N° 19.355, de 19 de diciembre de 2015, el Decreto N° 86/012, de fecha 22 de marzo de 2012, y el Decreto N° 211/015, de 13 de agosto de 2015;
LA MINISTRA DE INDUSTRIA, ENERGÍA Y MINERÍA
RESUELVE:
Apruébanse las bases de la convocatoria "Herramienta de apoyo para ensayos de luminarias LED con componente nacional para alumbrado público 2017" que se adjuntan y sus anexos (*), que se consideran parte integrante de la presente resolución.
Finalizado el análisis de las postulaciones se establecerán las empresas beneficiarias y los montos máximos que correspondan a cada una. Los pagos parciales se realizarán mediante instrucción a la Corporación Nacional para el Desarrollo (CND) en su calidad de agente fiduciario del Fideicomiso Uruguayo de Ahorro y Eficiencia Energética (Fudaee).