AUTORIZACION AL MINISTERIO DE INDUSTRIA, ENERGIA Y MINERIA, EN CARACTER DE COMODATO CON EL MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL, EL AREA QUE SE DETERMINA UBICADA EN EL BATALLON ORIENTAL DE INFANTERIA MECANIZADO Nº 4, DE LA CIUDAD DE COLONIA DEL SACRAMENTO




Promulgación: 30/05/2019
Publicación: 12/06/2019
  • El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
   VISTO: la gestión realizada por esta Secretaría de Estado solicitando la autorización para la suscripción de un contrato de comodato con el Ministerio de Defensa Nacional;

   RESULTANDO: I) que a contar desde la suscripción del mencionado contrato, el Ministerio de Defensa Nacional, da en comodato al Ministerio de Industria, Energía y Minería, por el plazo de 25 años, el área detallada en el Anexo I, ubicada dentro de las instalaciones del Batallón Oriental de Infantería Mecanizado N° 4, sito en el padrón N° 1493, zona urbana de la ciudad de Colonia del Sacramento;

   II) que el comodatario destinará dicha área a la colocación de estaciones de monitoreo automático de radioactividad ambiental y equipamiento complementario que forma parte del sistema;

   CONSIDERANDO: I) que el objetivo del contrato es aunar esfuerzos que redundarán en beneficios institucionales para el Estado;

   II) que de acuerdo a lo precedentemente expuesto, se estima conveniente acceder a la suscripción de dicho contrato;

   ATENTO: a lo expuesto, a lo dispuesto por el numeral 1, literal c) del artículo 33 del Texto Ordenado de Contabilidad y Administración Financiera (TOCAF);

               EL MINISTRO DE INDUSTRIA, ENERGÍA Y MINERÍA

                                RESUELVE:

1

   Autorízase al Ministerio de Industria, Energía y Minería la suscripción de un contrato con Ministerio de Defensa Nacional por el plazo de 25 años, por el cual da en comodato el área detallada en el Anexo I, ubicada dentro de las instalaciones del Batallón Oriental de Infantería Mecanizado N° 4, sito en el padrón N° 1493, zona urbana de la ciudad de Colonia del Sacramento;

(*)Notas:
 Ampliar información en imagen electrónica: Resolución MIEM S/N de 
30/05/2019.

   GUILLERMO MONCECCHI
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