SALUD PUBLICA. INSTITUCIONES DE ASISTENCIA MEDICA COLECTIVA




Promulgación: 31/08/1983
Publicación: 29/09/1983
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1983
  •    Página: 344

22

  A partir de la publicación de la presente resolución la instalación y
puesta en funcionamiento de una sede secundaria u otro servicio
dependiente de complejidad menor, requerirá en forma previa la
autorización y habilitación del Ministerio de Salud Pública. 
Referencias al numeral
Ayuda