SALUD PUBLICA. INSTITUCIONES DE ASISTENCIA MEDICA COLECTIVA




Promulgación: 31/08/1983
Publicación: 29/09/1983
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1983
  •    Página: 344

4

  La sede secundaria deberá brindar la cobertura referida en el numeral
anterior en su aérea de influencia, la que se extenderá hasta un máximo de
15 kilómetros de radio.
Referencias al numeral
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