OTORGAMIENTO DE PERMISO DE OCUPACION DE UNA FRACCION DEL ALVEO DE DOMINIO PUBLICO DEL RIO DE LA PLATA Y DEROGACION DE RESOLUCIONES DEL MTOP, DE FECHAS 3 DE FEBRERO DE 2011 Y 15 DE MARZO DE 2019




Promulgación: 28/09/2022
Publicación: 13/10/2022
  • El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.

11

   CAUSAS DE EXTINCIÓN DE LOS PERMISOS: a) Los Permisos se extinguirán por expiración del plazo original o cualquiera de sus prórrogas. b) Se podrá acordar la extinción de los Permisos y autorización en cualquier momento y conforme a las condiciones que se establezcan oportunamente. c) Incumplimiento grave de la Intendencia de Montevideo: En este caso la Administración podrá determinar la revocación de los Permisos y autorizaciones sin derecho de la Intendencia de Montevideo a indemnización alguna o reembolso de tipo alguno.
   Dentro de los actos pasibles de dar lugar a la revocación por incumplimiento grave de la Intendencia de Montevideo, se incluyen entre otros: 1) Incumplimiento de lo dispuesto en los artículos 172, 173, 175 y 182 del Código de Aguas. 2) No constituir la garantía dispuesta en la presente resolución, en el tiempo y forma dispuestos. 3) Ejecutar obras de cualquier tipo o instalar infraestructura en álveo de dominio público que no cuenten con las autorizaciones de todos los Organismos competentes. 4) Destrucción de la infraestructura, equipos, bienes, instalaciones o grave perjuicio ambiental provocado por dolo o culpa de la Intendencia de Montevideo. 5) Realización de actividades no autorizadas. 6) Incumplimiento en forma reiterada de los requerimientos de la Administración. 7) Cesión total o parcial de las autorizaciones o permisos, sin autorización previa del Ministerio de Transporte y Obras Públicas. En forma previa a extinguir los Permisos, el Ministerio de Transporte y Obras Públicas intimará a la Intendencia de Montevideo para que en el término de 15 (quince) días, subsane el incumplimiento materia de la intimación. Si debido a la naturaleza del inconveniente, el mismo no sea solucionable en dicho plazo, la Intendencia de Montevideo deberá solicitar ampliación del referido plazo y recabar la aprobación del Ministerio de Transporte y Obras Públicas. Si el inconveniente no fuera subsanado íntegramente en el plazo correspondiente, la Administración podrá revocar la presente Resolución, notificando a la Intendencia de Montevideo tal decisión, aplicando las respectivas penalidades, reclamando los respectivos daños y perjuicios y ejecutando la garantía correspondiente. d) Conservación de obras: Inadecuada conservación de obras, equipos bienes e instalaciones dentro de las áreas otorgadas, sumada a la negativa de la Intendencia de Montevideo (previa intimación) a efectuar las reparaciones y mantenimiento considerados necesarios por la Administración.
Ayuda