Resolución 1.159/005
Acéptase el proyecto de convenio de financiación entre la República
Oriental del Uruguay y la Comunidad Europea, "Programa de Apoyo a la
Competitividad y Promoción de las Exportaciones de la Pequeña y Mediana
Empresa (PACPYMES)".
(2.042*R)
MINISTERIO DE INDUSTRIA, ENERGIA Y MINERIA
MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES
MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS
Montevideo, 13 de Octubre de 2005
VISTO: el proyecto de convenio de financiación entre la República
Oriental del Uruguay y La Comunidad Europea, individualizado con el N°
URY/2004/16896, "Programa de Apoyo a la Competitividad y Promoción de las
Exportaciones de la Pequeña y Mediana Empresa (PACPYMES)", cuyo destino
se aplicará de acuerdo con las disposiciones del mismo y sus anexos:
Condiciones Generales (anexo I) y Disposiciones Técnicas (anexo II).
RESULTANDO: que el costo total del proyecto se estima en un monto de
7.455.000 (siete millones cuatrocientos cincuenta y cinco mil) EUROS,
comprometiéndose La Comunidad a financiar un importe máximo de 5.400.000
(cinco millones cuatrocientos mil) EUROS y la contribución del
Beneficiario se fija en un importe de hasta 2.055.000 (dos millones
cincuenta y cinco mil) EUROS.
CONSIDERANDO: que corresponde aceptar el mencionado proyecto de
financiación, autorizando para su suscripción al Señor Ministro de
Industria, Energía y Minería en representación del País.
ATENTO: a lo precedentemente expuesto y a lo dispuesto por el artículo 39
del T.O.C.A.F.
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA
RESUELVE:
1
Acéptase el proyecto de convenio de financiación entre la República
Oriental del Uruguay y La Comunidad Europea, individualizado con el
número URY/2004/16896, "Programa de Apoyo a la Competitividad y Promoción
de las Exportaciones de la Pequeña y Mediana Empresa (PACPYMES)", por un
monto de hasta 7.455.000 (siete millones cuatrocientos cincuenta y cinco
mil) EUROS, comprometiéndose La Comunidad a financiar un importe máximo
de 5.400.000 (cinco millones cuatrocientos mil) EUROS y fijándose la
contribución del Beneficiario en un monto de hasta 2.055.000 (dos
millones cincuenta y cinco mil) EUROS, cuyo destino se aplicará de
acuerdo con las disposiciones del mismo y sus anexos: Condiciones
Generales (anexo I) y Disposiciones Técnicas y Administrativas (anexo
II).