Fecha de Publicación: 09/03/2004
Página: 1023-A
Carilla: 5

PRESIDENCIA DE LA REPUBLICA

Resolución 213/004

Modifícase el llamado a Concurso Abierto para la Función de Alta 
Especialización de "Especialista en Tecnologías de la Información y 
Comunicación" dentro de la Unidad Ejecutora 004 "Oficina de Planeamiento 
y Presupuesto".
(510*R)

PRESIDENCIA DE LA REPUBLICA

                                       Montevideo, 20 de febrero de 2004
                                                                          
VISTO: lo dispuesto en la Resolución de la Presidencia de la República Nº 
1753/003, de 3 de diciembre de 2003;;

RESULTANDO: que la misma aprobó el llamado a concurso abierto para las 
funciones contratadas de Alta Especialización de Asesor en Gestión de la 
Calidad de los Servicios Públicos; Asesor en Gestión Pública; Analista de 
Precios Públicos; Especialista en Tecnologías de la Información y 
Comunicación; Especialista en Administración Pública; Especialista en 
Compras y Contrataciones Estatales y Especialista en Derecho 
Administrativo; previstas dentro de la Unidad Ejecutora 004 "Oficina de 
Planeamiento y Presupuesto";

CONSIDERANDO: que debe subsanarse un error tipográfico en el llamado 
adjunto a la citada Resolución, relativo a la Función de Alta 
Especialización de "Especialista en Tecnologías de la Información y 
Comunicación";

ATENTO: a lo precedentemente expuesto;

                      EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA                       
                                                                          
                                RESUELVE:                                 

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 Modifícase el llamado a Concurso Abierto para la Función de Alta 
Especialización de "Especialista en Tecnologías de la Información y 
Comunicación" dentro de la Unidad Ejecutora 004 "Oficina de Planeamiento 
y Presupuesto", de la siguiente manera:

Donde dice:

"8. Remuneración

Las funciones detalladas precedentemente serán remuneradas con una 
retribución mensual total de $ 32.087 (treinta y dos mil ochenta y siete 
pesos uruguayos) valor nominal, vigente al 1 de setiembre de 2002, 
exigiéndose una dedicación permanente pero no exclusiva."

Debe decir:

"8. Remuneración

Las funciones detalladas precedentemente serán remuneradas con una 
retribución mensual total de $ 32.087 (treinta y dos mil ochenta y siete 
pesos uruguayos) valor nominal, vigente al 1 de setiembre de 2003, 
exigiéndose una dedicación permanente pero no exclusiva."

BATLLE.


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