PASE el Exp. 290/96 con copia autenticada de la presente resolución a la
Dirección General de Registros (Asociaciones Civiles y Fundaciones) para
la inscripción respectiva y demás efectos.
Dr. TABARE VAZQUEZ, Presidente de la República; FELIPE MICHELINI.
Proyecto de Modificación del Estatuto de la Fundación Francisco de Asís.
El Artículo Nº 18 inciso b) del Estatuto de la Fundación Francisco de Asís
dice lo siguiente,
"Artículo Nº 18.
a) Los miembros del CODIR durarán cuatro años en sus cargos, pudiendo ser
reelectos, total o parcialmente, y debiendo permanecer en el desempeño
de sus funciones hasta la toma de posesión de sus sustitutos. El CODIR,
30 días antes del cese de su mandato, designará un Directorio
provisional. En cualquier momento el CODIR podrá designar nuevos
miembros hasta máximo de tres, cuando se produzca impedimento
permanente (muerte o cese) o transitorio (licencia, enfermedad) de
alguno de sus miembros.
b) La elección de los integrantes del CODIR se efectuará el último viernes
de cada cuatrienio, por votación secreta, en la que participarán los
Decanos de las Facultades, Directores de los Institutos, Departamentos
y Servicios, los docentes, representantes de los Estudiantes del
Instituto Universitario Francisco de Asís (art. 9. inc. a) del decreto
del Poder Ejecutivo Nº 308/95).
Se propone:
"Artículo Nº 18.
a) Los miembros del CODIR durarán cuatro años en sus cargos, pudiendo ser
reelectos, total o parcialmente, y debiendo permanecer en el desempeño
de sus funciones hasta la toma de posesión de sus sustitutos. En
cualquier momento el CODIR podrá designar nuevos miembros hasta máximo
de tres, cuando se produzca impedimento permanente (muerte o cese) o
transitorio (licencia, enfermedad) de alguno de sus miembros con el
voto favorable de una mayoría simple de sus miembros.
b) El CODIR designará una comisión electoral que se encargará de regular
el desarrollo de las elecciones, que debe realizar la convocatoria de
las mismas, así como el escrutinio y coordinar el acto de asunción de
las nuevas autoridades. Será el órgano competente en la fiscalización
de este proceso y la resolución de las controversias.
c) Podrán ser elegibles para integrar el CODIR los actuales miembros de
este órgano u otros miembros o integrantes de la fundación que cumplan
con el Art. 17 de este estatuto.
d) La elección de los integrantes del CODIR se efectuará el último viernes
de cada cuatrienio, por votación secreta, en la que participarán los
Directores Fundadores, los directores actuales, todos los miembros de
la Fundación, el Rector, los Decanos de las Facultades, los
Vicedecanos, los Directores de los Institutos, los directores de los
Departamentos, los directores de los diferentes Servicios, el Director
Administrativo, un representante de los docentes por cada una de las
carreras y un representante de los estudiantes de cada carrera del
Instituto Universitario Francisco de Asís.