La firma explotadora, por razones fundadas, podrá gestionar la prórroga
del plazo antes de su vencimiento, el que podrá ser extendido una vez
evaluados los beneficios que la zona franca hubiere reportado al país,
con la finalidad de otorgar plazos de estabilidad compatibles con el
mejor desenvolvimiento de la zona y el cumplimiento de todos los
compromisos asumidos.-