APROBACION DE MEMORANDUM DE ENTENDIMIENTO. TELECOMUNICACIONES




Promulgación: 15/12/1998
Publicación: 29/12/1998
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 2
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1998
  •    Página: 1389
 VISTO: la solicitud de la Administración Nacional de Telecomunicaciones
(A.N.TEL.) para la aprobación del Memorándum de Entendimiento a celebrarse
entre ICO GLOBAL COMMUNICATIONS (ICO) con sede en la ciudad de Londres,
Inglaterra y la citada Administración Nacional.-

 RESULTANDO: I) que el mencionado Memorándum tiene como fin analizar la
factibilidad de colaborar en la introducción y distribución de los
servicios de comunicaciones móviles vía satélite en los diversos segmentos
de usuarios, en los sectores públicos y privados de nuestro país.

 II) que se analizarán además las oportunidades de inversión directa de
A.N.TEL. en ICO GLOBAL COMMUNICATIONS, así como el análisis de la
cobertura detallada anteriormente en los países vecinos y/o la
participación en una joint-venture regional o subregional.

 III) que por la Resolución 349/98 de fecha 4 de marzo de 1998, el
Directorio de A.N.TEL. autorizó la firma del Memorándum referido, el que
podrá ser ratificado una vez aprobado por el Poder Ejecutivo.

 CONSIDERANDO: que la aprobación definitiva del Memorándum resulta
conveniente para la Administración Nacional de Telecomunicaciones.

 ATENTO: a lo precedentemente expuesto, a lo informado por la Oficina de
Planeamiento y Presupuesto, a lo dispuesto por el literal F) del artículo
2 del Reglamento General de la Administración Nacional de
Telecomunicaciones aprobado por el artículo 1ro. del Decreto 310/980 del 3
de junio de 1980, por el artículo 2 numeral 11 del Decreto 573/990 del 12
de diciembre de 1990 y por el Decreto 108/992 del 16 de marzo de 1992.

                    EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA

                               RESUELVE:

1

Apruébase el Memorándum de Entendimiento a celebrarse entre ICO GLOBAL
COMMUNICATIONS (ICO) con sede en la ciudad de Londres, Inglaterra y la
Administración Nacional de Telecomunicaciones (A.N.TEL.), que tiene como
fin analizar la factibilidad de colaborar en la introducción y
distribución de los servicios de comunicaciones móviles vía satélite en
los diversos segmentos de usuarios, en los sectores públicos y privados de
nuestro país, que fuera aprobado por el Directorio de la Administración
Nacional de Telecomunicaciones según Resolución Número 349/98 de fecha 10
de marzo de 1998. (*)

(*)Notas:
El texto de referencia no fue publicado adjunto a la presente norma en el 
Diario Oficial correspondiente.

SANGUINETTI - JUAN LUIS STORACE - ROBERTO RODRIGUEZ PIOLI - JUAN ALBERTO
MOREIRA
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