HOMOLOGACION DE ACUERDO DE SERVICIO DE TRANSITO DEDICADO INTERNACIONAL ANTEL. TELINTAR S.A.




Promulgación: 14/10/1997
Publicación: 05/11/1997
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1997
  •    Página: 1135
  VISTO: la gestión de la Administración Nacional de Telecomunicaciones
(A.N.T.E.L.) por la cual solicita la aprobación del Acuerdo de Servicio de
Tránsito Dedicado Internacional suscrito entre dicha Administración
Nacional y Telecomunicaciones Internacionales de Argentina (Telintar
S.A.).

  RESULTANDO: que el citado acuerdo fue aprobado en forma provisoria por
el Directorio de la Administración Nacional de Telecomunicaciones por la
Resolución 1479/95 de fecha 22 de junio de 1995.

  CONSIDERANDO: I) que la aprobación definitiva del Acuerdo resulta
conveniente para la Administración Nacional de Telecomunicaciones.-

II) lo dispuesto por el literal F) del artículo 2 del Reglamento General
de la Administración Nacional de Telecomunicaciones aprobado por el
artículo 1ro. del Decreto 310/980 del 3 de junio de 1980, por el numeral
11 del artículo 2 del Decreto 573/990 del 12 de diciembre de 1990 y por el
Decreto 108/992 del 16 de marzo de 1992.

III) lo dispuesto por los artículos 2 y 4 del Decreto-Ley 15.671 de 8 de
noviembre de 1984, en la redacción dada por los artículos 7 y 9 de la Ley
16.211 de 1ro. de octubre de 1991.

  ATENTO: a lo precedentemente expuesto, a lo informado por la Oficina de
Planeamiento y Presupuesto, por la Asesoría Notarial del Ministerio de
Defensa Nacional y por la Dirección Nacional de Comunicaciones.

                  EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA,

                               RESUELVE:

1

   Homológase el Acuerdo de Servicio de Tránsito Dedicado Internacional
suscrito entre la Administración Nacional de Telecomunicaciones y
Telecomunicaciones Internacionales de Argentina (Telintar S.A.) que luce
de fojas 33 a fojas 41 del Expediente del Ministerio de Defensa Nacional
95-055907.

2

   Comuníquese y pase a la Administración Nacional de Telecomunicaciones
(A.N.TEL.), a sus efectos. Cumplido, vuelva al Ministerio de Defensa
Nacional y oportunamente, archívese.

SANGUINETTI - RAUL ITURRIA - CARLOS PEREZ DEL CASTILLO - JUAN ALBERTO
MOREIRA
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