REGIMEN DE DELEGACION DE ATRIBUCIONES DE LA POLICIA




Promulgación: 27/11/1984
Publicación: 17/12/1984
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1984
  •    Página: 1219
Referencias a toda la norma

3

   Las atribuciones que se delegan se ejercerán con estricto acatamiento a
las normas constitucionales, legales y reglamentarias que regulan el
ingreso, ascenso, destitución y retiro de los integrantes del Escalafón
Policial, formándose al efecto de la debida documentación del cumplimiento
de tales extremos, expediente en el cual obren todos los antecedentes que
motivan la decisión. Ninguna destitución se dispondrá sin que se haya dado
cumplimiento al mandato establecido en el artículo 66 de la Constitución y
normas reglamentarias que disponen y rigen la instrucción de sumarios
administrativos.
Referencias al numeral
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