Exonérase a la firma Nibo Plast Uruguaya S.A.C.I. en forma total, del
Impuesto a la Actividad Bancaria que incida sobre el aval necesario para
la importación referida en el numeral 2º de la presente resolución
(Artículo 8º Literal A) de la Ley 14.178 de Promoción Industrial).