HOMOLOGACION DE CONVENIO COLECTIVO. CREACION DE CAJA DE AUXILIO. SERVIMEDIC S.A.




Promulgación: 24/12/1998
Publicación: 11/01/1999
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 2
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1998
  •    Página: 1508
 VISTO: La solicitud de homologación de Estatutos de la Caja de Auxilio de
Empleados de Servimedic S.A. (CAS) efectuada por los representantes de la
empresa y sus empleados en fecha 17 de julio de 1998.

 RESULTANDO: I) Que la constitución de la citada Caja de Auxilio y Seguro
Convencional de acuerdo con los diversos informes producidos por las
distintas áreas competentes en la materia y luego que se han cumplido con
las observaciones formuladas, encuadra dentro de los distintos requisitos
exigidos por las normas vigentes.

             II) Que la presente gestión de acuerdo a lo que surge de lo
expresado por el Area Asesoría Letrada Prestaciones del Banco de Previsión
Social, debe ser estimada en los aspectos de oportunidad y conveniencia
para su homologación.

 CONSIDERANDO: Que el artículo 17 del Decreto Nº 7/976 de 8 de enero de
1976, reglamentario de la ley 14.407 de 22 de junio de 1976, establece que
por resolución superior podrá homologarse el Convenio, concediendo en el
mismo acto la Personería Jurídica una vez registrado el mismo en el
Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, y publicado en el Diario Oficial
adquirirá fuerza obligatoria para la totalidad del personal involucrado.

 ATENTO: A los fundamentos expuestos precedentemente, a lo informado por
la Asesoría Letrada Prestaciones del Banco de Previsión Social

                      EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA

                                RESUELVE

1

Homológase el convenio por el que se crea la Caja de Auxilio de los
Empleados de SERVIMEDIC S.A. (CAS).

2

Concédese la Personería Jurídica según lo dispuesto por el artículo
17 del Decreto Reglamentario Nº 7 de 8 de enero de 1976.

3

Publíquese en el Diario Oficial a los efectos correspondientes.

SANGUINETTI - ANA LIA PIÑEYRUA
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