Registro Nacional de Leyes y Decretos: esta norma no fue incluida.
Visto: la solicitud de creación y habilitación presentada por la Cooperativa Médica de Rocha (CO.ME.RO.);
Considerando: I) que dicha Cooperativa dió cumplimiento a las disposiciones legales vigentes en la materia;
II) que las Divisiones Arquitectura y Salud Ambiental y la Dirección Nacional de Bomberos informan favorablemente al respecto;
III) que la División Asistencia Médica Colectiva y Privada y la Dirección General de la Salud del Ministerio de Salud Pública no formulan objeciones a lo solicitado;
Atento: a lo establecido en el artículo 6º, literal b) del Decreto-Ley Nº 15.181 de 21 de agosto de 1981;
El Presidente de la República
RESUELVE:
Autorízase la creación y habilitación de la Cooperativa Médica de
Rocha (CO.ME.RO.) como Institución de Asistencia Médica Colectiva sita en la calle Treinta y Tres y Eliseo Martol de la ciudad y Departamento de Rocha, bajo la Dirección Técnica del doctor Juan Carlos Pertusso.
Habilítase el Sanatorio Rochense, propiedad de la citada Cooperativa, comprendiendo Block Quirúrgico con dos salas de operaciones, centro de materiales, radiología, emergencia, cinco consultorios de consulta
externa, sector de integración con veinticinco salas con una dotación de cincuenta y cuatro camas, fisioterapia, block de partos con una sala de operaciones y dos de partos, nursery, y servicio general de apoyo.