CESION DE ACCIONES. TELEVISION ABIERTA. SOCIEDAD TELEVISORA LARRAÑAGA S.A.




Promulgación: 21/08/2001
Publicación: 27/08/2001
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 2001
  •    Página: 436
VISTO: las presentes actuaciones por las cuales la Unidad Reguladora de 
Servicio de Comunicaciones (URSEC) da cuenta de la petición formulada por 
el señor Pedro Nicolás Baridón, para que se le autorice la transferencia 
de las acciones que posee en SOCIEDAD TELEVISORA LARRAÑAGA S.A., titular 
del Canal 12 TV de Montevideo, a favor de MERIDIANA NACIONAL SOCIEDAD 
COLECTIVA.-

CONSIDERANDO: I) que la cesionaria está integrada por dos sociedades: 
Valdostana Uno S.A. y Vanderlinde Dos S.A., de los cuales el cedente es 
el único accionista nominativo.-

II) que el señor Pedro Nicolás Baridón, es integrante de la Sociedad 
Televisora Larrañaga S.A.-

III) que el titular ya dio cumplimiento a los requisitos previstos por el 
artículo 8vo. del Decreto 734/978 de 20 de diciembre de 1978, en virtud 
de encontrarse comprendido en lo previsto por el artículo 9no. de dicho 
Decreto.-

IV) que asimismo se acreditó lo dispuesto por el Decreto 586/990 de 18 de 
diciembre de 1990.-

ATENTO: a lo precedentemente expuesto, a lo dispuesto por los artículos 
86, 93, 94 y concordantes de la Ley 17.296 de 21 de febrero de 2001 y a 
lo informado por la Unidad Reguladora de Servicios de Comunicaciones y 
por la Asesoría Letrada del Ministerio de Defensa Nacional.-

                      EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA,                      
                                                                          
                                RESUELVE:                                 

1

 Autorízase al señor Pedro Nicolás Baridón, a transferir las acciones que 
posee en SOCIEDAD TELEVISORA LARRAÑAGA S.A., titular de Canal 12 TV 
Montevideo, a favor de MERIDIANA NACIONAL SOCIEDAD COLECTIVA, integrada 
por Valdostana Uno S.A. y Vanderlinde Dos S.A.-

2

 Comuníquese, publíquese y pase a la Unidad Reguladora de Servicios de 
Comunicaciones, para la notificación del interesado y demas efectos. 
Cumplido, archívese.-

BATLLE - LUIS BREZZO


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