VISTO: las presentes actuaciones por las cuales la Unidad Reguladora de
Servicios de Comunicaciones, da cuenta de la solicitud formulada por la
señora María Luisa Montero, propietaria de acciones en "Sociedad
Televisora Larrañaga S.A.", permisionaria del Canal 12 TV de Montevideo,
para que se le autorice la transferencia de dichas acciones a favor de
los señores Horacio Scheck Sánchez, Daniel Scheck Sánchez y Eduardo
Scheck Sánchez, José Serrato Aguirre y Atanasio Aguirre Lussich por
partes iguales en la proporción de un 20% (veinte por ciento) a cada uno
de ellos.-
CONSIDERANDO: que los cesionarios ya son integrantes de la mencionada
Sociedad, habiendo por tanto cumplido oportunamente con todos los
requisitos previstos por el artículo 8vo. del Decreto 734/978 de 20 de
diciembre de 1978.-
ATENTO: a lo precedentemente expuesto, a lo dispuesto por los artículos
70 a 99 de la Ley 17.296 de 21 de febrero de 2001, a lo informado por las
Asesorías Letradas de la Unidad Reguladora de Servicios de Comunicaciones
y del Ministerio de Defensa Nacional.-
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA,
RESUELVE:
Autorízase la transferencia de acciones de la "Sociedad Televisora
Larrañaga S.A.", permisionaria del Canal 12 TV de Montevideo,
pertenecientes a la señora María Luisa Montero, a favor de los señores
Horacio Scheck Sánchez, Daniel Scheck Sánchez y Eduardo Scheck Sánchez,
José Serrato Aguirre y Atanasio Aguirre Lussich, en la proporción de un
20% (veinte por ciento) a cada uno de ellos.-