Visto: estos antecedentes por los cuales la Zona Franca de Florida S.A.
solicita la ampliación de la resolución del Poder Ejecutivo de fecha 12 de
noviembre de 1991.
Resultando: I) que por la citada resolución se autorizó a la Zona Franca
gestionante a explotar una zona franca privada bajo el régimen de la Ley
Nº 15.921 de 17 de diciembre de 1987, su Decreto reglamentario Nº 454/988
de 8 de julio de 1988 y demás normas aplicables, en el inmueble sito en el
departamento de Florida, empadronado actualmente con el número 8745.
II) que la Dirección Nacional de Aduanas autorizó, con fecha 17 de agosto
de 1992, a habilitar en forma parcial la Zona Franca de Florida, para
almacenamiento y demás operaciones para determinadas mercaderías,
estableciéndose que la habilitación total se irá autorizando de acuerdo
con la terminación de las obras.
III) que por nota de fs. 56 la Zona Franca de Florida S.A. solicita se
autorice la ampliación de su espacio operativo en aproximadamente 4
hectáreas y la extensión del plazo de vigencia en 20 años más.
IV) que la Dirección Nacional de Zonas Francas informa que se ha dado
cumplimiento estricto a todas las obligaciones de la firma explotadora de
referencia, expresando su opinión favorable a la solicitud planteada.
Considerando: que se estima conveniente acceder a lo solicitado.
Atento: a lo informado por la Dirección Nacional de Zonas Francas y las
Asesorías Económico Financiera y Jurídica del Ministerio de Economía y
Finanzas.
El Presidente de la República
RESUELVE:
1
Amplíase el numeral 1º de la resolución del Poder Ejecutivo de fecha 12
de noviembre de 1991, que quedará redactado de la siguiente manera en su
parte final: "y un predio sito en la 1era. Sección Judicial Padrón Nº
7345, parte, que consta de una superficie de 4 hectáreas 9483 m2".