VISTO: El vencimiento del plazo de usufructo de la explotación del
"Argentino Hotel de Piriápolis".
RESULTANDO: I) Que por Resolución del Poder Ejecutivo de fecha 22 de
febrero de 1994, se autorizó la venta del usufructo del inmueble propiedad
del Estado "Argentino Hotel de Piriápolis", a la empresa a Méndez y
Pereira S.C. y por escritura pública otorgada el 11 de abril de 1994, el
Estado de la República Oriental del Uruguay, a través del Ministerio de
Turismo y Deporte enajenó a Méndez y Pereira S.C. el derecho real de
usufructo del bien de autos por el período de 20 años.
II) Que en virtud de dicho vencimiento, el Ministerio de Turismo y Deporte
realizará un llamado a licitación para la explotación de referido Hotel.
CONSIDERANDO: I) Que la realización del mismo puede poner en riesgo la
adecuada prestación del servicio turístico al estar en plena temporada
2013-2014, en el entendido que la publicidad en el exterior de un llamado
de estas características puede incidir negativamente en la demanda
turística del establecimiento con mayor capacidad de hospedaje en el
balneario, siendo un factor que impacte en el correcto desempeño de la
temporada turística.
II) Que por lo expuesto y dado que la empresa Méndez y Pereira S.C.
manifestó su voluntad de continuar con la explotación del referido hotel,
y a modo de no resentir la oferta turística hotelera, el Ministerio de
Turismo y Deporte sugiere la adjudicación directa de la Concesión a dicha
empresa, que arroja como resultado la ampliación del plazo de usufructo
hasta el 1° de setiembre de 2015.
ATENTO: A lo expresado y a lo establecido por el numeral 9 del literal C
del artículo 33 del TOCAF.
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
RESUELVE
1
Autorizar la adjudicación directa de la Concesión de la explotación del
"Argentino Hotel de Piriápolis", a la empresa a Méndez y Pereira S.C.,
hasta el 1° de setiembre de 2015.
(*)Notas:
Ver vigencia: Resolución Nº 749/014 de 22/12/2014 numeral 1.