VISTO: la solicitud de la empresa SPEFAR S.A., tendiente a que se
sustituya el numeral 4º de la Resolución del Poder Ejecutivo de fecha 28
de mayo de 2003, por la que se declaró promovida la actividad de su
proyecto de inversión;
RESULTANDO: la empresa manifiesta que podría aplicar el beneficio de
autocanalización del ahorro otorgado mediante Resolución del Poder
Ejecutivo de fecha 28 de mayo de 2003 solamente durante un ejercicio
fiscal;
CONSIDERANDO: la Dirección Nacional de Industrias del Ministerio de
Industria, Energía y Minería y la Comisión de Aplicación creada por el
art. 12 de la Ley No. 16.906 del 7 de enero de 1998, consideran que
corresponde acceder a lo solicitado;
ATENTO: a lo expuesto y lo establecido en el Decreto Ley No. 14.178
del 28 de marzo de 1974 y en la Ley No. 16.906 del 7 de enero de 1998;
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA
RESUELVE:
1
(*)
(*)Notas:
Este numeral dio nueva redacción a: Resolución Nº 660/003 de 28/05/2003
numeral 4.