HOMOLOGACION DE CONVENIO COLECTIVO. UNIVERSAL SOCIEDAD DE PRODUCCION SANITARIA




Promulgación: 13/11/1995
Publicación: 08/01/1996
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1995
  •    Página: 608
   Visto: La solicitud de homologación del Convenio Colectivo de fecha 29
de marzo de 1995 por el que se crea el Seguro Convencional de Enfermedad
de "Universal Sociedad de Producción Sanitaria".

   Resultando: I) Por Convenio Colectivo de fecha 29 de marzo de 1985 (fs.
2 a 5) Universal Sociedad de Producción Sanitaria y sus empleados,
acordaron adecuar el funcionamiento del Seguro Convencional por Enfermedad
a las previsiones del Decreto Ley Nº 14.407 del 22 de julio de 1975.

   II) Que en informe del Gerente de los Servicios Jurídicos de DI.S.S.E.
de fecha 29 de abril de 1985 (fs. 11 y 12) se expresa que: "puede
aceptarse el Convenio en sus aspectos formales y de fondo";

   III) Que en nota de fecha 13 de noviembre de 1986 los interesados
confirmaron su interés en que se procediera a la homologación del referido
Convenio Colectivo;

   IV) Que en escrito de fecha 27 de setiembre de 1995 la Institución y
los delegados de los funcionarios reiteran la solicitud de homologación
del Convenio y el otorgamiento de la personería jurídica;

   Considerando: I) Lo precedentemente expuesto, lo establecido en el
artículo 41 del Decreto Ley 14.407 del 22 de junio de 1975, en el artículo
17 del Decreto Nº 7/976 de 8 de enero de 1976 y lo informado por el
Ministerio de Trabajo y Seguridad Social el 19 de octubre de 1995 (fs.39);

   II) Que en consecuencia corresponde dictar el acto administrativo de
homologación del referido convenio y otorgamiento de personería jurídica;

   III) Lo dispuesto en el inciso a) numeral 1 de la Resolución del Poder
Ejecutivo Nº 798/968, reglamentaria del artículo 168 numeral 24 de la
Constitución de la República;

       La Ministro de Trabajo y Seguridad Social en ejercicio de las
                            atribuciones delegadas,

                                 RESUELVE:

1

   Homológase el Convenio Colectivo que creó el Seguro Convencional por
Enfermedad de los empleados y funcionarios de Universal Sociedad de
Producción Sanitaria, concediéndose la correspondiente personería
jurídica. (*)

(*)Notas:
El texto de referencia no fue publicado adjunto a la presente norma en el 
Diario Oficial correspondiente.

2

   Remítase a la División Documentación y Registro del Ministerio de
Trabajo y Seguridad Social a los efectos pertinentes. (*)

3

     Publíquese en el Diario Oficial. (*)

4

     Comuníquese, notifíquese, etc.  (*)

ANA LIA PIÑEYRUA
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