Ver: Resolución Nº 13/016 de 15/01/2016 numeral 1.
VISTO: el proyecto presentado por la empresa WIND FARMS URUGUAY S.A.,
referido a la instalación de una central generadora de energía eléctrica
de 9,0 MW de fuente eólica, a localizarse en el departamento de Rocha;
RESULTANDO: que se solicita autorización para generar energía eléctrica
utilizando energía eólica como fuente primaria, de acuerdo a lo previsto
en los artículos 53 y 54 del Reglamento del Mercado Mayorista de Energía
Eléctrica;
CONSIDERANDO: I) que de acuerdo a lo establecido en el artículo 53,
siguientes y concordantes del Reglamento del Mercado Mayorista de Energía
Eléctrica, aprobado por Decreto N° 360/002 de 11 de setiembre de 2002, es
cometido del Poder Ejecutivo autorizar todo emprendimiento de generación;
II) que recabada la opinión de la Dirección Nacional de Energía y
Tecnología Nuclear y de la Unidad Reguladora de los Servicios de Energía y
Agua, el presente petitorio cumple con los requisitos exigidos por la
normativa vigente;
ATENTO: a lo expuesto, lo informado por la Asesoría Jurídica del
Ministerio de Industria, Energía y Minería y lo dispuesto en el decreto
citado y en los Decretos Leyes N° 14.694 de 1° de setiembre de 1977 y N°
15.031 de 4 de julio de 1980, con las modificaciones introducidas por la
Ley N° 16.211 de 1° de octubre de 1991 y la Ley N° 16.832 de 17 de junio
de 1997;
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA
RESUELVE:
1
Autorízase a la empresa WIND FARMS URUGUAY S.A., a generar energía
eléctrica de fuente eólica, mediante una central generadora de 9,0 MW,
ubicada en los padrones Nos. 1323, 1358, 4993, 5895, 24891, 18984, 30866 y
60799, todos de la 8ª Sección Catastral del departamento de Rocha, así
como su conexión al Sistema Interconectado Nacional.