VISTO: estos antecedentes relacionados con la gestión promovida por la
Asociación Mutualista Evangélica del Uruguay;
RESULTANDO: que por la misma solicita la creación y habilitación del
Sanatorio sito en la calle Daniel Fosalba 366 del Departamento y ciudad
de Colonia, propiedad de dicha Institución;
CONSIDERANDO: I) que la presente situación se encuentra comprendida en lo
dispuesto por los artículos 14 del Decreto-Ley No. 15.181 de 21 de agosto
de 1981 y 3º. del Decreto No. 88/983 de 22 de marzo de 1983;
II) que la Dirección General de la Salud y la División Control de Calidad
informan favorablemente al respecto;
ATENTO: a lo establecido en el Texto Ordenado de Delegación de
Atribuciones del Poder Ejecutivo, resolución No. 13/993 de 12 de enero de
1993, Título XI
EL MINISTRO DE SALUD PUBLICA
en ejercicio de las atribuciones delegadas
RESUELVE:
Autorízase a la Asociación Mutualista Evangélica del Uruguay la creación
y habilitación del Sanatorio sito en la calle Daniel Fosalba 366 del
Departamento y ciudad de Colonia, propiedad de dicha Institución,
comprendiendo la misma el Sector Policlínica, Servicio de Emergencia,
Sector Internación con una dotación de 15 camas, Block Quirúrgico
conformado por 2 salas de operaciones y Centro de Materiales, Sala de
Partos, Radiología, Fisioterapia y demás servicios de apoyo, bajo la
Dirección Técnica del Doctor Héctor Purtscher.
Establécese que la precitada Institución de Asistencia Médica Colectiva
deberá solicitar la habilitación del Sector Farmacia y del Laboratorio de
Análisis Clínicos por cuerda separada.