El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
VISTO: la petición promovida por la empresa Monte Cablevideo S.A., solicitando el otorgamiento de una Licencia de Telecomunicaciones Clase "B" para brindar a terceros, servicios de transmisión de datos, en el departamento de Montevideo;
RESULTANDO: I) que los servicios de transmisión se realizará mediante la utilización de la red propia, que en la actualidad emplea para la distribución de la Televisión por Cable, así como realizando alianzas comerciales para utilizar redes de terceros, de acuerdo a la normativa vigente;
II) que por Resolución del Poder Ejecutivo N° 117/994, de 11 de febrero de 1994, se le autorizó a prestar el servicio de televisión para abonados por cable en Montevideo, y por Resolución de la Unidad Reguladora de Servicios de Comunicaciones (URSEC) N° 280/003, de 28 de agosto de 2003, se le otorgó licencia Clase D;
III) que el Directorio de URSEC en sesión de 4 de febrero de 2021, por Acta N° 003/021, dispuso que se le otorgue una Licencia Clase B para prestar servicios de transmisión de datos en el departamento de Montevideo, a través de la modalidad de vínculo físico;
CONSIDERANDO: I) que la Dirección Nacional de Telecomunicaciones y Servicios de Comunicación Audiovisual informa que, por sentencia de la Suprema Corte de Justicia 240/016 se declaró inconstitucional e inaplicable a Monte Cablevideo S.A., el inciso 1 del artículo 56 de la Ley N° 19.307, de 29 de diciembre de 2014, en mérito a lo cual, no se le aplica la incompatibilidad establecida por el citado artículo, razón por la que se estaría en condiciones de otorgarle la Licencia de Telecomunicaciones Clase B;
II) que la Asesoría Jurídica del Ministerio de Industria, Energía y Minería, compartiendo el informe de la Dirección Nacional de Telecomunicaciones y Servicios de Comunicación Audiovisual, entiende que correspondería acceder a lo solicitado;
ATENTO: a lo expuesto, a lo informado por la Unidad Reguladora de Servicios de Comunicaciones, la Dirección Nacional de Telecomunicaciones y Servicios de Comunicación Audiovisual y la Asesoría Jurídica del Ministerio de Industria, Energía y Minería;
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
RESUELVE:
Otórgase a la empresa Monte Cablevideo S.A., la Licencia de Telecomunicaciones Clase "B" para brindar a terceros, que habilita la prestación del servicio de transmisión de datos, en el departamento de Montevideo, mediante la utilización de red alámbrica (cable coaxial), que posee la empresa, o mediante la contratación a terceros habilitados, para llegar al cliente con fibra óptica.