Registro Nacional de Leyes y Decretos: esta norma no fue incluida.
Visto: La gestión promovida por Diomar G. Núñez Pereira S.A., como
sociedad continuadora de Diomar G. Núñez Pereira y Fanny Eudocia Mujica
Cuña Sociedad Colectiva, a los efectos de obtener la modificación en la
titularidad de la explotación de las líneas a su cargo.
Resultando: I) Que el Poder Ejecutivo otorgó a la referida empresa, las
siguientes concesiones por Resoluciones de fechas, 6/6/79 Montevideo-Melo,
7/10/81 Montevideo-Río Branco, 27/6/86 Melo-Rivera (rutas 26,44,6,27 y
5),9/5/90 Melo-Santa Clara, 18/8/92 Montevideo-Salto, 18/8/92
Montevideo-Paysandú, 18/8/92 Montevideo-Rivera (ruta 5), 23/6/93
Montevideo-Melo (por prolongación de Melo-Cerro Chato).
II) Que por Resolución del 15 de julio de 1976 se otorgó permiso
originario de la línea internacional entre las ciudades de Melo (República
Oriental del Uruguay) y Bagé (República Federativa del Brasil).
III) Que cuando se dictaron las resoluciones indicadas, la empresa era
unipersonal de propiedad del Sr. Diomar Gregorio Núñez Pereira.
IV) Que con fecha 27 de setiembre de 1989 se modificó el Numeral 1 de
las resoluciones anteriormente referidas, determinándose que las
concesiones mencionadas corresponderán a partir de dicho momento a Diomar
Gregorio Núñez Pereira y Fanny Eudocia Mujica Cuña Sociedad Colectiva.
V) Que las personas anteriormente nombradas formaron una Sociedad
Anónima denominada "Diomar G. Núñez Pereira S.A.".
Considerando: Que el petitorio es pertinente, no produciendo el cambio
de titularidad, ninguna alteración en las condiciones de explotación de los servicios existentes.
Atento: A lo informado por la Dirección Nacional de Transporte, y la
Dirección de Servicios Jurídicos (División Asesoría Letrada), del
Ministerio de Transporte y Obras Públicas.
El Presidente de la República
RESUELVE:
1
Modifícanse los numerales 1os. de las resoluciones del Poder Ejecutivo
de fechas 6/6/79, 7/10/81, 27/6/86, 9/5/90, 18/8/92 y 23/6/93, en cuanto a
la titularidad de las concesiones de las Líneas Nacionales mencionadas
entre: Montevideo-Melo; Montevideo-Río Branco; Melo-Rivera; Melo-Santa
Clara; Montevideo-Salto; Montevideo-Paysandú; Montevideo-Rivera;
Montevideo-Melo por Cerro Chato, en ambos sentidos respectivamente y el
permiso originario otorgado el 15 de julio de 1976 de la línea
internacional entre las ciudades de Melo (República Oriental del Uruguay)
y Bagé (República Federativa del Brasil) que corresponderá en el futuro a
la empresa Diomar G. Núñez Pereira S.A., la cual deberá mantener en todos
sus términos las actuales condiciones de los servicios tanto desde el
punto de vista jurídico-administrativo como operacional. (*)