VISTO: estos antecedentes relacionados con la aprobación de la
delimitación del Recinto Portuario del Puerto Comercial de Carmelo.
RESULTANDO: I) Que la Dirección Nacional de Hidrografía procedió a
confeccionar el correspondiente Plano de Mensura, el que fuera registrado
en la Dirección Nacional de Hidrografía como H-10292, según consta en
obrados.
II) Que la mencionada Dirección Nacional, aconseja la aprobación de
dichas áreas, las que se ubican en la 6ª Sección Judicial del
Departamento de Colonia, localidad Catastral de Carmelo, que comprende
los Padrones Nºs. 2692, 2700 (p), 2705 (p) y 2711 (p) y áreas fluvial y
marítima con un área total de 20 Há. 0644 m2, compuesto de cinco
fracciones terrestres (fracciones I, II, III, IV y V) y una marítima
(VI), cuyos deslindes son los siguientes: AL NORTE un tramo recto de 439
m 82 dentro del Río de la Plata, un desarrollo de 29 m 91 dentro del Río
de la Plata, tres tramos rectos de 17 m 74, 35 m 91 y 49 m 48 dentro del
Río de la Plata; luego sigue línea superior de la ribera desde el punto
38 hasta el 69 del plano de mensura mencionado que lo separa de la zona
terrestre (márgen derecha), luego 4 tramos rectos de 7 m 10, 31 m 69, 99
m 92 y 150 m 27 lindando con el actual Puerto Comercial de Carmelo según
delimitación aprobada por Decreto del Presidente de la República con
fecha 4 de mayo de 1994.
AL ESTE: un tramo recto de 39 m 22 dentro del Alveo Público del arroyo de
las Vacas, luego sigue línea superior de la ribera desde el punto 76
hasta el 95 del plano de mensura que lo separa de la zona terrestre
(márgen izquierda), un tramo recto de 55 m 36 lindando con padrón 2684.
AL SUR: 2 tramos rectos de 110 m 59 y 7 m 18 dentro de la calle de 17 m,
un tramo recto de 231 m 62 lindando con los padrones 2698, 2701 y 2703,
un tramo de 17 m dentro de la calle de 17 n, un tramo recto de 42 m 64
dentro del padrón 2700, 6 tramos rectos de 30 m 16, 79 m 24, 0 m 99, 36 m
74, 1 m 44 y 24 m 02 lindando con la calle existente y restos del padrón
2705, dos desarrollos de curva de 27 m 92 y 91 m 81 lindando con calle
existente, 15 tramos rectos de 23 m 95, 7 m 02, 21 m 08, 8 m 64, 9 m 82,
34 m 52, 10 m 03, 14 m 53, 26 m 62, 7 m 78, 15 m 65, 5 m 99, 12 m 59, 3 m
62 y 1 m 28 lindando con calle existente, tres tramos rectos de 19 m 21,
2 m 48 y 322 m 15 dentro del Río de la Plata.
AL OESTE: un tramo recto de 80 m 50 dentro del Río de la Plata.
CONSIDERANDO: que los Departamentos: Jurídico y Letrada de la Dirección
Nacional de Hidrografía y del Ministerio de Transporte y Obras Públicas,
se expiden sin observaciones, indicando que, corresponde que el Poder
Ejecutivo apruebe la delimitación del citado recinto.
ATENTO: a lo dispuesto por los artículos 7 y 20 de la Ley Nº 16.246 de 8
de abril de 1992 y el artículo 8º de su Decreto Reglamentario Nº 412/992
del 1º de setiembre de 1992, así como lo establecido en el artículo 7º,
numeral 5º del Decreto Nº 574/974 de 12 de julio de 1974.
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA
RESUELVE:
1
Apruébase la delimitación del Recinto Portuario del Puerto Comercial de
Carmelo, según Plano de Mensura H-10292 de la Dirección Nacional de
Hidrografía, adjunto en autos, de acuerdo al siguiente detalle: Sección
Judicial 6ª del Departamento de Colonia, localidad Catastral de Carmelo,
que comprende los Padrones Nºs. 2692, 2700 (p), 2705 (p) y 2711 (p) y
áreas fluvial y marítima con un área total de 20 Há. 0644 m2, compuesto
de cinco fracciones terrestres (fracciones I, II, III, IV y V) y una
marítima (VI), cuyos deslindes son los siguientes: AL NORTE: un tramo
recto de 439 m 82 dentro del Río de la Plata, un desarrollo de 29 m 91
dentro del Río de la Plata, tres tramos rectos de 17 m 74, 35 m 91 y 49 m
48 dentro del Río de la Plata; luego sigue línea superior de la ribera
desde el punto 38 hasta el 69 del plano de mensura mencionado que lo
separa de la zona terrestre (márgen derecha), luego 4 tramos rectos de 7
m 10, 31 m 69, 99 m 92 y 160 m 27 lindando con el actual Puerto Comercial
de Carmelo según delimitación aprobada por Decreto del Presidente de la
República con fecha 4 de mayo de 1994; AL ESTE: un tramo recto de 39 m 22
dentro del Alveo Público del arroyo de las Vacas, luego sigue línea
superior de la ribera desde el punto 76 hasta el 95 del plano de mensura
que lo separa de la zona terrestre (márgen izquierda), un tramo recto de
55 m 36 lindando con padrón 2684; AL SUR: 2 tramos rectos de 110 m 59 y 7
m 18 dentro de la calle de 17 m, un tramo recto de 231 m 62 lindando con
los padrones 2698, 2701 y 2703, un tramo de 17 m dentro de la calle de 17
m, un tramo recto de 42 m 64 dentro del padrón 2700, seis tramos rectos
de 30 m 16, 79 m 24, 0 m 99, 36 m 74, 1 m 44 y 24 m 02 lindando con la
calle existente y restos del padrón 2705, dos desarrollos de curva de 27
m 92 y 91 m 81 lindando con calle existente, 15 tramos rectos de 23 m 95,
7 m 02, 21 m 08, 8 m 64, 9 m 82, 34 m 52, 10 m 03, 14 m 53, 26 m 62, 7 m
78, 15 m 65, 5 m 99, 12 m 59, 3 m 62 y 1 m 28 lindando con calle
existente, tres tramos rectos de 19 m 21, 2 m 48 y 322 m 15 dentro del
Río de la Plata; AL OESTE: un tramo recto de 80 m 50 dentro del Río de la
Plata.