VISTO: la solicitud de la empresa LAJA S.A., tendiente a que se sustituya
el numeral 2º. de la Resolución del Poder Ejecutivo de fecha 23 de agosto
de 2001, por la que se declaró promovida la actividad de su proyecto de
inversión;
RESULTANDO: la empresa manifiesta que no pudo hacer uso de la exoneración
prevista en el mencionado numeral debido a que no especifica el régimen
por el cual se hará efectiva;
CONSIDERANDO: la Dirección Nacional de Industrias del Ministerio de
Industria, Energía y Minería y la Comisión de Aplicación creada por el
art. 12 de la Ley No. 16.906 del 7 de enero de 1998, consideran que
corresponde acceder a lo solicitado;
ATENTO: a lo expuesto y lo establecido en el Decreto Ley No. 14.178 del
28 de marzo de 1974 y en la Ley No. 16.906 del 7 de enero de 1998;
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA
RESUELVE: