APLICACION DE MULTA A TITULAR DE EMISORA DE RADIODIFUSION POR INCUMPLIMIENTO. OPTION LTDA.




Promulgación: 01/10/2002
Publicación: 07/10/2002
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 2002
  •    Página: 1025
           
VISTO: la gestión promovida por la Unidad Reguladora de Servicios de 
Comunicaciones (URSEC), por la cual solicita la aplicación de una multa 
de 30 U.R. (treinta Unidades Reajustables), a la empresa "OPTION LTDA.", 
por haber efectuado modificaciones en las frecuencias asignadas, sin la 
debida autorización.-

RESULTANDO: que a la empresa de referencia se le ha sancionado con 
apercibimiento en reiteradas oportunidades.- 

CONSIDERANDO: I) que resulta necesario imponer una nueva sanción 
económica a la empresa mencionada por las faltas cometidas, la cual se 
encuentra prevista legalmente.- 

II) que se ha dado a la administrada la vista prevista por el artículo 76 
del Decreto 500/991 de 27 de setiembre de 1991.- 

ATENTO: a lo precedentemente expuesto, a lo previsto por los artículos 
73, 86 y 94 de la Ley 17.296 de fecha 21 de febrero de 2001, a lo 
informado por la Unidad Reguladora de Servicios de Comunicaciones (URSEC) 
y a lo dictaminado por la Asesoría Letrada del Ministerio de Defensa 
Nacional.- 

                      EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA,                      
                                                                          
                                RESUELVE:                                 

1

 Aplícase a la empresa "OPTION LTDA." una multa de 30 U.R. (treinta 
Unidades Reajustables) por haber efectuado modificaciones en las 
frecuencias asignadas, sin la debida autorización.- 

2

 Comuníquese, publíquese y pase a la Unidad Reguladora de Servicios de 
Comunicaciones (URSEC), a sus efectos. Cumplido, archívese.- 

BATLLE - YAMANDU FAU


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