La firma CUECAR S.A. deberá cercar eficientemente y excluir del territorio franco el padrón suburbano N° 300, con una superficie aproximada de 4.330 (cuatro mil trescientos treinta) m² que se encuentra enclavado dentro del área que se afectará a zona franca (lindero a los padrones N° 824 y 839) y sobre el cual se encuentra en proceso trámite de expropiación.
(*)Notas:
Ver: Resolución Nº 34/021 de 15/03/2021 numeral 3.