DECLARACION DE INTERES NACIONAL. PROYECTO DE INVERSION. INDUSTRIALIZADORA DE CARNES URUGUAYA S.A.




Promulgación: 20/04/1989
Publicación: 14/08/1989
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 1989
  •    Página: 472
    Visto: la  solicitud de  la  empresa  INDUSTRIALIZADORA  DE  CARNES
URUGUAYA S.A.,  tendiente a  que se sustituya y amplíe el equipamiento
previsto en  la resolución  del Poder Ejecutivo de 29 de julio de 1988
(Declaratoria de Interés Nacional).

   Resultando:  I)  La  empresa  solicita  además  se  le  otorgue  la
exoneración del  Impuesto de Contralor creado por el artículo 69 de la
ley 15.767;

   II) La  unidad Asesora  de Promoción Industrial considera que puede
accederse a  lo solicitado,  para lo  cual  propone  se  modifique  la
resolución aludida;

   Atento: a  lo informado  por  el  Centro  Nacional  de  Política  y
Desarrollo Industrial  y la Unidad Asesora de Promoción Industrial, lo
dictaminado por  la Asesoría  Jurídica del  Ministerio de  Industria y
Energía y  lo establecido  por el decreto ley 14.178 de 28 de marzo de
1974.

                     El Presidente de la República

                               RESUELVE:

1

  Sustitúyese el equipamiento previsto en el numeral 2º de la Resolución
del Poder Ejecutivo de fecha 29 de julio de 1988 -por la cual se declaró
de Interés Nacional la actividad del proyecto de inversión presentado por
la empresa INDUSTRIALIZADORA DE CARNES URUGUAYA S.A.- por el siguiente,
declarado no competitivo nacional por el Centro Nacional de Política y
Desarrollo Industrial: una (1) Planta completa Ciclo 2 y 3 modalidad llave
en mano, una Planta completa faenadora Ciclo 1 modalidad llave en mano,
un (1) túnel de termocontracción completo con accesorios y repuestos, una
(1) envasadora al vacío completa con accesorios y repuestos, una (1)
máquina rebanadora completa con accesorios y repuestos, una (1) prensa
completa con accesorios y repuestos, un (1) whizard completo con
accesorios y repuestos, una (1) Planta completa de tratamiento de agua.

2

 (*)

(*)Notas:
Este numeral dio nueva redacción a: Resolución Nº 291/988 de 29/07/1988 
numeral 3.

3

  El aumento de capital de la empresa INDUSTRIALIZADORA DE CARNES URUGUAYA
S.A. hasta un incremento equivalente a U$S 2:950.556 estará exonerado del
Impuesto de Contralor creado por el Art. 69 de la ley 15.767, siempre que
el hecho generador del tributo se cumpla antes del 31/12/92.

4

  Comuníquese, etc.

SANGUINETTI - JORGE PRESNO HARAN - LUIS BARRIOS TASSANO - LUIS MOSCA -
PEDRO BONINO GARMENDIA
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