AUTORIZACION DE TRANSFERENCIA DE TITULARIDAD DE LA "SOCIEDAD TELEVISORA LARRAÑAGA S.A", A FAVOR DE LAS PERSONAS QUE SE DETERMINAN




Promulgación: 02/08/2023
Publicación: 09/08/2023
  • El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
   VISTO: la solicitud de autorización de transferencias de titularidad de la "Sociedad Televisora Larrañaga S.A", titular de Canal 12 TV, de la ciudad de Montevideo, dando cuenta que la integración se ha modificado y solicitando su regularización;

   RESULTANDO: I) que por el transcurso del tiempo, la integración de la "Sociedad Televisora Larrañaga S.A", permisionaria de Canal 12 Televisión de Montevideo ha variado;

   II) que el 11 de noviembre de 2002 falleció Horacio SCHECK, que por Resolución del Poder Ejecutivo N° 1123/001, de 21 de agosto de 2001, tenía el 9,36% del capital accionario, siendo que el Sr. Juez Letrado de Familia de 9° Turno por auto 946/2005 declara únicas y universales herederas a Elena María, Magdalena y Ana Inés SCHECK DEVOTTO y María Victoria SCHECK ROJO, habiendo adquirido cada una 1,1695%, sin perjuicio de los derechos de la cónyuge supérstite Elena DEVOTTO SOLARI con el 4,6782%;

   III) que el 14 de noviembre de 2010, falleció intestado el Sr. Adolfo CARDOSO GUANI, quien era titular de Canal 12 por Resolución del Poder Ejecutivo N° 61/010 de 19 de enero de 2010 (Título 5, Serie A 5, acciones Nos 57.835 a 66.402);

   IV) que por expediente 2011-2- 9-1001315 se tramitó la sucesión del causante, donde por testimonio del Certificado de Resultancias de Autos se declaró únicos y universales herederos a sus hijos legítimos Isabel Margarita, Adolfo, Luis Eduardo y Pablo Andrés CARDOSO VIVO, renunciando la cónyuge supérstite a su porción conyugal, siendo que cada uno adquiere un 13,78% del capital accionario;

   V) que del expediente 2011-2-9-1000941, surge que el 29 de marzo de 1998 falleció el Sr. Mario GIAMPIETRO ESPÓSITO, intestado y casado en primeras nupcias con María Elena FLORES GÓMEZ, la cual falleció posteriormente el 1 de abril de 2006;

   VI) que siendo que el Sr. Mario GIAMPIETRO ESPÓSITO era titular de la referida sociedad por Resolución N° 568/1979, por testimonio del Certificado de Resultancias de Autos fueron declarados únicos y universales herederos del causante, sus hijas legítimas Mariella del Pilar, Claudia Elena Santa Teresa y Grisel María;

   VII) que con fecha 11 de julio de 2011, las Sras. Claudia y Grisel celebraron la cesión de acciones por el total de 0.08% del capital accionario (Título 81, Serie C N° 15, acciones Nos. 9968833 a 990252), con condición resolutoria de obtener la correspondiente autorización por parte del Poder Ejecutivo, a favor de Mariella del Pilar GIAMPIETRO FLORES, a quien corresponde un porcentaje de 1,0500%;

   VIII) que por expediente 2012-2-9-1000674, se tramitó transferencia de acciones de la Sra. Nancy ABAL SALVO, por compraventa bajo condición resolutoria de autorización del Poder Ejecutivo, suscrita el 25 de julio de 2012 a favor del Sr. Juan Diego ABAL ACOSTA, acciones adquiridas por la Sra. Nancy ABAL SALVO por Resolución del Poder Ejecutivo N° 2830/980, de 4 de noviembre de 1980 (título 40, acciones 145.521.355 al 145.248.304), que representan el 0,02% del capital accionario;

   IX) que por expediente 2011-2-9-1000676, el Sr. Juan Diego ABAL ACOSTA, adquirió por modo sucesión y partición, las acciones del causante Enrique ABAL SALVO (titular de acciones por Resolución del Poder Ejecutivo N° 2830/980, de 4 de noviembre de 1980 con Título 41 representativo de 163350 acciones nominativas), que representa el 0,11% del capital accionario;

   X) que el Sr. Juan Diego ABAL ACOSTA, adquirió en total el 0,1322% del capital accionario;

   XI) que por expediente 2012-2-9-1000157 se tramitó la transferencia de acciones propiedad de RISELCO S.A. en Sociedad Televisora Larrañaga S.A. a favor de Carlos RESTANO y Cristina TOSCANO, que fueron transferidas como pago de dividendos en especie, cuya distribución fue resuelta en Acta de Directorio de 12 de setiembre de 2011;

   XII) que el 21 de noviembre de 2017, falleció la Sra. María Elena ARTAGAVEYTIA, que por Resolución del Poder Ejecutivo N° 825/006, de 19 de diciembre de 2006, adquirió el 0,47% del paquete accionario de Canal 12 de Montevideo (Título 13, Serie A acciones 505.729 a 634.248);

   XIII) que por expediente 2019-2-9-000618 se tramitó la transferencia de sus acciones a sus sucesores, surgiendo que la sucesión de la causante se tramitó en el Juzgado Letrado de Primera Instancia de 27° Turno, IUE 2-4916/2018, donde por Decreto N° 2017/2018, fueron declarados únicos y universales herederos sus hijos: María Elena, Juan Pedro, Isabel Clara, Federico Alejandro, María de las Mercedes, María de la Asunción, Lucía María, Rafael Alejandro y Pablo Dámaso GALLINAL ARTAGAVEYTIA, adquiriendo cada uno el 0.0518% del capital accionario;

   XIV) que por todo lo referenciado, la empresa "Sociedad Televisora Larrañaga S.A" quedará integrada por las siguientes personas: Isabel, Adolfo, Pablo Andrés y Luis CARDOSO VIVO cada uno con el 13,7798%, Rosina, Virginia, Mercedes, Cecilia y Carlos POMBO FERNANDEZ cada uno con el 3,2346%, Alicia, Adriana, Andrés, Daniel, Federico LALANNE BOVE cada uno con el 0,4319%, Antonio, Gloria, Bernardo, Andreina, Isabel, Rafael, Guillermo VIVO PIQUEREZ cada uno con el 0,1727%, María Elena CAMPOMAR con el 0,0243%, Diego CARDOSO CUENCA 0,1129%, Hugo POMBO BERASAIN 0,0409%, César CARDOSO GUANI 0,0583%, Elena DEVOTTO DE SCHECK 4,6782%, Elena María, Magdalena, Ana Inés SCHECK DEVOTTO cada uno con el 1,1695, Maria Victoria SCHECK ROJO con el 1,1695, José SERRATO AGUIRRE 7,1845%, Matilde SERRATO 0,9761%, Atanasio AGUIRRE LUSSICH 2,3112%, Mariella del Pilar GIAMPIETRO FLORES 1,0500%, Nelly GIAMPIETRO ESPOSITO 1,0111%, Juan Diego ABAL ACOSTA 0,1322%, Nilda ABAL SALVO 0,0233%, Laura ARROSA BALPARDA 0,0544%, Carlos y María Cecilia MAZZEY PARDO cada uno con 0,0972%, Pablo y Graciela DELLAZOPPA cada uno con 0,1719%, María de la Asunción, Lucía, María de las Mercedes, Isabel, Alejandro, Pablo, María Elena, Rafael, Juan Pedro GALLINAL ARTAGAVEYTIA cada uno con el 0,0518%, Jorge Peirano FACIO 0,3889%, Ricardo BARBE 0,0155%, José Pastor SALVAÑACH 0,1400%, Andrés SHAW 0,1129%, Cristina TOSCANO 0,5369% y Carlos RESTANO ANGULO con el 0,8054%;

   CONSIDERANDO: I) que conforme a lo establecido en el artículo 109 inciso 5 de la Ley N° 19.307, de 29 de diciembre de 2014, corresponde al Poder Ejecutivo pronunciarse sobre las propuestas de transferencia solicitadas;

   II) que corresponde la regularización al amparo de lo establecido en el Decreto N° 45/015, de 2 de febrero de 2015;

   III) que analizada la documentación agregada, surge que la sociedad y sus accionistas acreditaron el cumplimiento de los requisitos previstos en la Ley N° 19.307;

   IV) que la Dirección Nacional de Telecomunicaciones y Servicios de Comunicación Audiovisual y la Asesoría Jurídica del Ministerio de Industria, Energía y Minería, informaron favorablemente;

   ATENTO: a lo expuesto, a lo dispuesto por los artículos 70 y siguientes de la Ley N° 17.296, de 21 de febrero de 2001, con las modificaciones introducidas por los artículos 256 y siguientes de la Ley N° 19.889, de 9 de julio de 2020 y demás modificativas y concordantes, la Ley N° 19.307, de 29 de diciembre de 2014, el Decreto N° 45/015, de 2 de febrero de 2015, el Decreto N° 160/019, de 5 de junio de 2019 y el Decreto N° 324/020, de 30 de noviembre de 2020 y a lo informado por la Unidad Reguladora de Servicios de Comunicaciones, la Dirección Nacional de Telecomunicaciones y Servicios de Comunicación Audiovisual y la Asesoría Jurídica del Ministerio de Industria, Energía y Minería;

                      EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

                                RESUELVE:

1

   Autorízanse a modo de regularización, las transferencias de titularidad de la "Sociedad Televisora Larrañaga S.A", permisionaria del Canal 12 de Televisión de Montevideo, a favor de Elena María, Magdalena, y Ana Inés SCHECK DEVOTTO y María Victoria SCHECK ROJO, Elena DEVOTTO SOLARI, Isabel Margarita, Adolfo, Luis Eduardo y Pablo Andrés CARDOSO, Mariella del Pilar GIAMPIETRO FLORES, Juan Diego ABAL ACOSTA, Carlos RESTANO, Cristina TOSCANO, María Elena, Juan Pedro, Isabel Clara, Federico Alejandro, María de las Mercedes, María de la Asunción, Lucía María, Rafael Alejandro y Pablo Dámaso GALLINAL ARTAGAVEYTIA.

2

   Establécese que la empresa "Sociedad Televisora Larrañaga S.A" quedará integrada por las siguientes personas: Isabel, Adolfo, Pablo Andrés y Luis CARDOSO VIVO cada uno con el 13,7798%, Rosina, Virginia, Mercedes, Cecilia y Carlos POMBO FERNANDEZ cada uno con el 3,2346%, Alicia, Adriana, Andrés, Daniel, Federico LALANNE BOVE cada uno con el 0,4319%, Antonio, Gloria, Bernardo, Andreina, Isabel, Rafael, Guillermo VIVO PIQUEREZ cada uno con el 0,1727%, María Elena CAMPOMAR con el 0,0243%, Diego CARDOSO CUENCA 0,1129%, Hugo POMBO BERASAIN 0,0409%, César CARDOSO GUANI 0,0583%, Elena DEVOTTO DE SCHECK 4,6782%, Elena María, Magdalena, Ana Inés SCHECK DEVOTTO cada uno con el 1,1695%, María Victoria SCHECK ROJO con el 1,1695%, José SERRATO AGUIRRE 7,1845%, Matilde SERRATO 0,9761%, Atanasio AGUIRRE LUSSICH 2,3112%, Mariella del Pilar GIAMPIETRO FLORES 1,0500%, Nelly GIAMPIETRO ESPOSITO 1,0111%, Juan Diego ABAL ACOSTA 0,1322%, Nilda ABAL SALVO 0,0233%, Laura ARROSA BALPARDA 0,0544%, Carlos y María Cecilia MAZZEY PARDO cada uno con 0,0972%, Pablo y Graciela DELLAZOPPA cada uno con 0,1719%, María de la Asunción, Lucía, María de las Mercedes, Isabel, Alejandro, Pablo, María Elena, Rafael, Juan Pedro GALLINAL ARTAGAVEYTIA cada uno con el 0,0518%, Jorge Peirano FACIO 0,3889%, Ricardo BARBE 0,0155%, José Pastor SALVAÑACH 0,1400%, Andrés SHAW 0,1129%, Cristina TOSCANO 0,5369% y Carlos RESTANO ANGULO con el 0,8054%

3

   Comuníquese, publíquese y pase a la Unidad Reguladora de Servicios de Comunicaciones a sus efectos. Cumplido, archívese.

   LACALLE POU LUIS - OMAR PAGANINI
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