Visto: la gestión formulada por la Dirección de Vialidad del Ministerio
de Transporte y Obras Públicas solicitando la descalificación como Ruta
Nacional del antiguo trazado de la Ruta 26, así como el puente existente,
comprendido entre las progresivas 367,200 kilómetros y 372,700 kilómetros.
Resultando: I) Que la mencionada Dependencia informa al respecto en
estas actuaciones:
a) Que habiéndose construido un nuevo puente sobre el Río Negro en Ruta
26 (Paso de Aguiar), así como el acceso a dicho puente, de acuerdo al
decreto ley 10.382, del 13 de febrero de 1943 (artículo 7) el antiguo
trazado así como el puente existente en el mismo, pasa a la categoría de
Vecinal o Departamental;
b) Que la Intendencia Municipal de Cerro Largo en fecha 18 de setiembre
de 1981 (fojas 1) y la Intendencia Municipal de Tacuarembó el 12 de enero
de 1982 (fojas 8 vuelta), no formulan objeciones al cambio gestionado;
c) Que la Asesoría Letrada de la División Asuntos Legales de dicha
Secretaría de Estado, en informe 561 de 27 de noviembre de 1981, comparte
el temperamento propuesto por la Dirección de Vialidad.
Considerando: que dado lo expuesto, corresponde dictar la resolución
pertinente a los fines indicados.
Atento: a lo establecido por el artículo 7 del decreto ley 10.382, de
13 de febrero de 1943,
El Presidente de la República
RESUELVE:
1
Descalifícase de su carácter de Ruta Nacional al antiguo trazado de la
Ruta 26, así como el puente existente en el mismo, comprendido entre las
progresivas 367,200 kilómetros y 372,700 kilómetros, el que quedará
afectado a las jurisdicciones de las Intendencias Municipales de Cerro
Largo y de Tacuarembó.
GREGORIO C. ALVAREZ - EDUARDO J. SAMPSON - YAMANDU TRINIDAD