INTERVENCION ADMINISTRATIVA DE ASOCIACION CIVIL. ESPAÑA MUTUALISTA DE ASISTENCIA MEDICA




Promulgación: 08/05/1987
Publicación: 16/07/1987
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 1987
  •    Página: 612
  Visto: la situación planteada en la asociación civil denominada España
Mutualista de Asistencia Médica.

  Resultando: I) Que en dicha institución se ha configurado un conflicto
que abarca varias facetas concernientes al funcionamiento de las mismas;
II) Los problemas exteriorizados comprenden irregularidades en la
conformación de sus órganos, en el cumplimiento de sus normas estatutarias
y en desarrollo normal de sus fines;
III) La situación ha sobrepasado la posibilidad de utilización, por parte
de la propia institución, de los mecanismos estatutarios correspondientes.

  Considerando: I) Que la entidad y particularidad de la situación amerita
la adopción de todas aquellas medidas que posibiliten un encauzamiento y
regularización de la mencionada asociación, en el más breve plazo posible;
II) Que, a esos efectos se considera necesario disponer la Intervención de
dicha entidad con el fin de regularizar y adecuar el desenvolvimiento de
los órganos de la misma, adoptando las medidas que fueren pertinentes para
el cumplimiento de ese objetivo.

  Atento: a lo expuesto y a lo dispuesto por los decretos leyes 15.089 de
fecha 12 de diciembre de 1980 y 15.181 de fecha 21 de agosto de 1981,

Los Ministerios de Educación y Cultura y Salud Pública en ejercicio de las
atribuciones delegadas, RESUELVEN:

1

  Dispónese la intervención de la asociación civil denominada España
Mutualista de Asistencia Médica por el plazo de 30 días, con el cometido
de convocar y realizar el acto eleccionario, adoptando todas las medidas y
actos que se requieran para su concreción y el cumplimiento de los
propósitos a que se refiere la parte expositiva de la presente.

2

  Desígnanse Interventores a los Doctores Miguel González Bocage y Dante
Francescoli en representación del Ministerio de Educación y Cultura y del
Ministerio de Salud Pública respectivamente.

3

  Comuníquese y pase a los funcionarios designados a quienes se les
cometen las notificaciones pertinentes.

ADELA RETA - RAUL UGARTE ARTOLA
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